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La titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Palma ha dictado un auto de archivo de la causa abierta por el PP de Balears, que acusaba a la ex consellera d'Innovació i Energia, Misericòrdia Ramon, y al ex gerente del ParcBit, Felio Morey, de los delitos de fraude y tráfico de influencias.

Ramon «blindó» el contrato de Morey con una cláusula que le garantizaba hasta 120 millones de pesetas en caso de que éste último fuese destituido del cargo. Sin embargo, el fiscal tampoco había apreciado la existencia de delito alguno en el caso y también solicitaba el sobreseimiento. Morey había incluido una cláusula en su contrato, aceptada por Ramon, que le garantizaba hasta 120 millones de pesetas en caso de que fuese destituido del cargo. Por ello, la ex consellera se vio obligada a dejar la cartera d'Innovació i Energia a principios del pasado año, aunque Morey también dimitió, finalmente se llegó a un acuerdo por ambas partes para que no se pague esta indemnización.

El PP presentó la querella criminal contra Ramon y Morey como una manera de contrarrestar la estrategia jurídica seguida por los socialistas de las Islas en los casos «Formentera» y «Bitel», que apuntan de forma directa al ministro de Medio Ambiente y ex president del Govern, Jaume Matas. El teniente fiscal de las Islas, Ladislao Roig, había entregado un escrito a la titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Palma, Carmen Abrines, en el cual desmontaba todas y cada una de las alegaciones de la acusación, representada por el abogado Carles Perelló.

El fiscal señalaba que en el supuesto delito de fraude «difícilmente puede integrarse en un 'concierto' dirigido a 'defraudar a cualquier ente público', elementos éstos del tipo penal del delito de fraude tipificado en el artículo 436 del Código Penal», y añade: «Las condiciones contractuales en base a los cuales el señor Morey fue contratado como director general de 'ParcBit' y la posterior extinción de su contrato pueden calificarse de muy distinta manera y ser objeto de distinta críticas y reproches, pero no motivo de quedar incursas en un proceso penal». Recordaba, asimismo, que una auditoría de Ernst & Young a fecha 31 de diciembre de 2000 «no hace alusión alguna a posibles irregularidades».