El Tribunal Superior de Justícia de Balears (TSJB) ha emitido, con
fecha 8 de febrero, una sentencia en la que desestima el recurso
contencioso administrativo presentado por la Asociación de Bares,
Cafeterías, Restaurantes, Pubs y Salones Recreativos del Arenal
(Turisplan) contra Cort. El objeto del recurso era el acuerdo
adoptado en el pleno de Cort de 28 de mayo de 1998 en el que se
aprobaba definitivamente la modificación de la ordenanza municipal
para la protección del medio ambiente contra la contaminación por
ruidos y vibraciones, estableciéndose que «no se podrá desarrollar
actividad musical» a partir de la medianoche y hasta las nueve de
la mañana.
Este añadido horario en el artículo 45.5 de dicha ordenanza
municipal, aprobada en 1995, fue el que originó la controversia. La
redacción original señalaba que «tanto si se trata de música
ambiental como de amenización musical complementaria» en el
exterior de locales y otros espacios «queda prohibida la
instalación de altavoces u otros aparatos que emitan sonidos o
ruidos que originen niveles de recepción que medidos en el exterior
de los citados lugares o en el interior de locales o recintos en la
forma que se establece en el anexo de esta ordenanza, sobrepasen
los límites que se fijen como máximos», indicaba.
La parte recurrente consideraba ilegal el segundo párrafo del
artículo 45.5 «en la medida en que la prohibición de realizar una
actividad denominada 'musical' no viene definida ni en la propia
ordenanza» y al considerar que la prohibición lo es tanto si se
superan como si no los límites establecidos por la ley. Además,
entendía que los ayuntamientos no tienen competencias para regular
los horarios de actividad musical y que se limitaban los derechos
adquiridos. El TSJB declara adecuados al ordenamiento jurídico los
actos administrativos impugnados, los cuales confirma íntegramente.
Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal
Supremo.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.