La Conselleria d'Innovació i Energia se ha basado en una ley
derogada por el propio Pacte para argumentar la aprobación de una
norma territorial cautelar que regula la instalación en territorio
balear de antenas de telefonía móvil, entre otras cuestiones. El
BOIB del pasado 11 de enero publica la aprobación definitiva de
esta norma «de conformidad con lo previsto en la disposición
adicional tercera de a Ley 8/1987, de 1 de abril, de Ordenación del
Territorio de las Illes Balears».
Sin embargo, la aprobación de esta norma en virtud de esa ley es
algo jurídicamente inviable ya que ha sido derogada en esta
legislatura por el Pacte de Progrés. En su lugar, los diversos
partidos que componen el Govern o le dan apoyo aprobaron un nueva
Ley de Ordenación del Territorio que entró en vigor en el año 2000.
Esta es la nueva ley que debe aplicarse a la hora de aprobar una
norma territorial cautelar.
No son éstas las únicas dudas legales que suscita el hecho de
que la normativa se haya aprobado de acuerdo con una ley que ya no
existe. A ella se suma además el hecho de que la aprobación
definitiva del texto se hizo tres meses más tarde del límite de
plazo fijado por la ley.
Ante esta serie de errores, no se descarta que alguno de los
ayuntamientos afectados por esta normativa decida impugnarla. De
hecho, el objetivo de la norma cautelar sobre telecomunicaciones
era tratar de acabar con el bloqueo impuesto por muchos municipios
a la instalación de nuevas antenas de telefonía móvil. Los
municipios se basaban en la inexistencia de una legislación
reguladora, por lo que el Govern acordó aprobar esta normativa
provisional para permitir la instalación de nuevas antenas en
Balears.
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