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J.F. MESTRE/P. CANDIA
La Sección Segunda de la Audiencia de Palma ha ratificado en todos sus extremos la sentencia dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 2 en la que condenaba al ex responsable de la Comisión Insular de Urbanismo del Consell Insular, Rafael de Lacy, por un delito continuado de injurias contra el portavoz del PP en Calvià, Carlos Delgado.

El político de Unió Mallorquina, que fue condenado a pagar una multa de 540 euros durante once meses, y además, a indemnizar a Delgado con doce mil euros por los daños morales que le ha causado, había recurrido la sentencia a través de su abogado, Eduardo Valdivia.

El letrado mantuvo que el comentario que hizo su cliente, al implicar a Delgado en una reunión por la venta del castillo de Bendinat, «no tiene elementos injuriosos, y además se encuadra dentro del debate de dos personas que militan en partidos políticos distinto».

Sin embargo, los magistrados de la Audiencia Provincial de Palma, fallaron que ese motivo «no puede ser acogido, ya que la resolución impugnada, sí contiene, la ponderación de la colisión de los derechos que en el recurso se dicen violentados».

Los hechos están relacionados con unas declaraciones que realizó De Lacy, publicadas en varios medios de comunicación, en las que aseguraba que Delgado acudió a su despacho para proponerle la venta del castillo de Bendinat, operación que se realizaría al margen de la familia del portavoz del PP y que les permitiría repartirse la comisión entre ellos.

De Lacy, en el juicio, declaró que era cierto que se le ofreció participar en esta operación, pero que se confundió al incluir a Carlos Delgado en esta reunión, si bien dijo que creía que el interlocutor hablaba en su nombre.

La juez absolvió a De Lacy del delito de calumnias, pero entendió que sí se han producido injurias porque estas declaraciones han supuesto un desprestigio hacia Delgado.

De Lacy tuvo que publicar la sentencia en dos periódicos.