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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears ha admitido un recurso presentado por la familia Llabrés Sabater, propietarios de la finca Son Mossons, en contra de una resolución dictada por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Balears el 12 de marzo de 1997, en la cual fijó el precio de expropiación de esos terrenos para la instalación de pantallas acústicas, construcción de hangares y plataforma de estacionamiento de aeronaves en Son Sant Joan en un 1.2 millones de euros. Como codemandada intervino en el pleito Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. El Consejo de Ministros, en sesión celebrada el 8 de febrero de 1995, declaró la urgencia de la ocupación de la finca, en la cual, el perito de la Administración fijó un precio de 1.450 pesetas el metro cuadrado, para un total de casi 200 millones de pesetas (1'2 millones de euros). Raimundo Zaforteza, abogado de la familia LLabrés Sabater, planteó como primera causa de nulidad el hecho de que el PGOU de Palma de 1985 no había incluido dentro del área del aeropuerto la finca de Son Mossons, y que por tanto, «no se disponía del instrumento de planeamiento», y que «no toda la finca estaba afectada por el Plan Director de Son Sant Joan». La sentencia recuerda que la expropiación forzosa «se fundamenta en la preferencia de los intereses públicos ante las concretas situaciones» y por ello anula el acto administrativo y fija la indemnización en 1.002.147.184 pesetas, es decir unos seis millones de euros.