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El título nobiliario «duques de Palma» ostentado por S.A.R. Cristina de Borbón y Grecia y su esposo Iñaki Urdangarín no puede ser registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas, según la resolución adoptada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). La sentencia, de la que es ponente el magistrado Antoni Monserrat, que hasta ahora instruía el «caso Formentera», rechaza todas y cada una de las alegaciones presentadas en la causa por el abogado del empresario Pedro Pablo Hoz.

Entre los argumentos empleados por el recurrente destaca que la marca solicitada «Hotel Duques de Palma», entendiendo que «el vocablo hotel le confiere una sustantividad propia, distinta del título nobiliario 'Duques de Palma'». Además, señala que la Administración no ha actuado congruentemente al existir otras marcas conocidas como Cafetería Príncipes de Gales, Hotel Carlos V, Hotel Felipe II, Hotel Colón, Café Rey Jaime I, Hotel Príncipe de Vergara, Hostal Infanta Doña Leonor, Hotel Infanta Mercedes, Hotel Residencial Príncipe de Asturias y Hotel Rey Juan Carlos I, con las que, «no existe diferencia alguna», indica.

El empresario balear, asimismo, alegó en la vista que la incomparecencia de la infanta Cristina (el TSJB la emplazó a través de la Casa Real) indica que «la marca solicitada no es relevante, ni óbice de concesión, para la interesada, la infanta Cristina de Borbón. ni para su esposo, ni para la Casa Real».