El título nobiliario «duques de Palma» ostentado por S.A.R.
Cristina de Borbón y Grecia y su esposo Iñaki Urdangarín no puede
ser registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas, según
la resolución adoptada por la Sala de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). La sentencia,
de la que es ponente el magistrado Antoni Monserrat, que hasta
ahora instruía el «caso Formentera», rechaza todas y cada una de
las alegaciones presentadas en la causa por el abogado del
empresario Pedro Pablo Hoz.
Entre los argumentos empleados por el recurrente destaca que la
marca solicitada «Hotel Duques de Palma», entendiendo que «el
vocablo hotel le confiere una sustantividad propia, distinta del
título nobiliario 'Duques de Palma'». Además, señala que la
Administración no ha actuado congruentemente al existir otras
marcas conocidas como Cafetería Príncipes de Gales, Hotel Carlos V,
Hotel Felipe II, Hotel Colón, Café Rey Jaime I, Hotel Príncipe de
Vergara, Hostal Infanta Doña Leonor, Hotel Infanta Mercedes, Hotel
Residencial Príncipe de Asturias y Hotel Rey Juan Carlos I, con las
que, «no existe diferencia alguna», indica.
El empresario balear, asimismo, alegó en la vista que la
incomparecencia de la infanta Cristina (el TSJB la emplazó a través
de la Casa Real) indica que «la marca solicitada no es relevante,
ni óbice de concesión, para la interesada, la infanta Cristina de
Borbón. ni para su esposo, ni para la Casa Real».
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