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Ante cierta confusión creada, la Comissió d'Acció Social del Servei de Salut de Balears informó ayer de que el complemento de pensión para los trabajadores que se jubilen a los 60 años sólo puede aplicarse en aquéllos que tengan un mínimo de 52 años y reconocida la pensión de jubilación.

Este complemento, con cargo al Servei de Salut de les Illes Balears, permitirá a los trabajadores que se jubilen a los 60 años alcanzar el 100% de las retribuciones básicas y complementos fijos que obtendrían con la jubilación a los 65 años, siempre y cuando hayan cotizado antes del 1 de enero de 1967 y cumplan el resto de requisitos exigidos por la normativa estatal.

La comisión niega que esta medida permita a la totalidad de los trabajadores del Servei de Salut jubiliarse a los 60 años con el sueldo íntegro, «dado que el derecho a jubilación es materia reservada a la normativa estatal».

La comisión, a modo de ejemplo, indica que «para poder acceder a esta ayuda social, el trabajador debe tener un mínimo de 52 años y reconocida la pensión de jubilación».