Ante cierta confusión creada, la Comissió d'Acció Social del Servei
de Salut de Balears informó ayer de que el complemento de pensión
para los trabajadores que se jubilen a los 60 años sólo puede
aplicarse en aquéllos que tengan un mínimo de 52 años y reconocida
la pensión de jubilación.
Este complemento, con cargo al Servei de Salut de les Illes
Balears, permitirá a los trabajadores que se jubilen a los 60 años
alcanzar el 100% de las retribuciones básicas y complementos fijos
que obtendrían con la jubilación a los 65 años, siempre y cuando
hayan cotizado antes del 1 de enero de 1967 y cumplan el resto de
requisitos exigidos por la normativa estatal.
La comisión niega que esta medida permita a la totalidad de los
trabajadores del Servei de Salut jubiliarse a los 60 años con el
sueldo íntegro, «dado que el derecho a jubilación es materia
reservada a la normativa estatal».
La comisión, a modo de ejemplo, indica que «para poder acceder a
esta ayuda social, el trabajador debe tener un mínimo de 52 años y
reconocida la pensión de jubilación».
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