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S.CARBONELL
La consellera de Treball i Formació, Margarita Nájera reiteró ayer que unas 10.000 personas en situación de desempleo carecerán de cobertura social a partir de otoño en las Islas, aunque la UGT calcula que serán unas 25.000. Esto significa que no habrán trabajado el suficiente tiempo como para poder optar a la prestación contributiva por desempleo (360 días en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo), aunque, en algunos casos, sí que podrá percibir el subsidio. ¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir un desempleado para poder cobrar el subsidio? La normativa, tal y como especifican desde el Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo Inem), es clara y a la misma se puede acceder por internet o personándose en las oficinas que Inem y SOIB comparten en las Islas y que, a partir de septiembre, reforzarán su plantilla para poder atender las demandas con mayor agilidad.

La persona que pretenda cobrar un subsidio debe permanecer inscrito como demandante de empleo; carecer de rentas propias superiores al 75% del salario mínimo interprofesional -600 euros al mes-, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Quien solicite el subsidio debe acreditar responsabilidades familiares por tener a cargo al cónyuge o hijos menores de 26 años, mayores incapacitados o menores en acogimiento familiar, y la renta del conjunto de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no debe superar el 75% del salario mínimo interprofesional.

Si la persona que solicita el subsidio es mayor de 45 años tiene opción a cobrarlo, aunque no tenga responsabilidades familiares, siempre que haya agotado antes una prestación de desempleo de cuatro meses o más.