Los conductores que tengan más de cuatro sanciones graves o muy graves pendientes de pagar a la administración no podrá realizar ningún trámite con el vehículo a partir de hoy, cuando entra en vigor el grueso de las modificaciones de la nueva Ley de Tráfico.
El delegado del Gobierno en Baleares, Ramon Socias, informó hoy de las novedades que recoge la reforma de la norma que, señaló, incorpora «numerosos cambios para los más 25 millones de conductores censados en España» y que ahondarán en que, a partir de ahora, se de un tratamiento «mucho más duro» para los infractores reincidentes y «más justo para los buenos conductores».
Socias enumeró entre los objetivos de la modificación, la intención del Gobierno de evitar la impunidad de los conductores infractores, reducir el tiempo de tramitación de las sanciones con carácter pedagógico y simplificar el sistema sancionador.
La nueva ley recoge una serie de novedades, entre las que Socias destacó que se elimina la suspensión temporal del permiso de conducir de entre uno y tres meses por una infracción grave o muy grave. Así, sólo se perderá la licencia cuando se hayan agotado todos los puntos o cuando lo imponga una sentencia judicial.
También se ha realizado una actualización de las infracciones y sanciones para unificar el importe fijo de las multas de tráfico en todo el Estado. Así, las infracciones leves tendrán una sanción de hasta 100 euros, las graves de 200 euros y las muy graves de 500 euros.
Asimismo, subrayó que, a partir de ahora, manipular el navegador mientras se conduce o circular con la matrícula ilegible serán consideradas infracciones graves. también acarreará una infracción leve circular en bicicleta por la noche sin elementos reflectantes y sin usar el alumbrado reglamentario.
Respecto al pago de las multas, indicó que se amplia del 30 al 50 por ciento el descuento que se aplica a los infractores que paguen en el plazo de 20 días naturales. Además, a partir de ahora, el pago podrá realizarse por internet o mediante otros sistemas, como con tarjeta de crédito en carretera.
Puntos
Por otra parte, se amplía de cuatro a seis la cantidad de puntos que se pueden recuperar a través de la realización de cursos, y se reducen de 27 a 20 puntos las infracciones que conllevan la retirada de puntos, entre las que destacó que se quitarán seis puntos, además de una multa de 6.000 euros, por conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de los sistemas de detección de radar.
El delegado del Gobierno afirmó que las siete infracciones por las que antes se retiraban puntos y ahora se aplicará una multa de 200 euros son circular por autovías o autopistas con vehículos prohibidos para ese tipo de vías; conducir un vehículo privado con una ocupación superior al 50 por ciento del número de la plazas autorizadas; aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan que un vehículo sea adelantado.
Asimismo, también tendrá una multa de 200 euros parar o estacionar en curvas, cambios de rasante, pasos inferiores, intersecciones o lugares peligrosos; para o estacionar en el carril destinado al transporte público urbano; circular sin alumbrado cuando sea obligatorio; conducir con menores de doce años en ciclomotores o motocicletas; y circular de forma negligente provocando un riesgo para el resto de usuarios de la vía.
2 comentarios
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pregunto yo que pasa con los motoristas que en las vias urbanas despues de las doce de la noche circulan a altas velocidades y efectuan carreras ilicitas para este tipo de infraccion no hay leyes o pasan inadvertidos no hay quien lo pare especialmente en teruel bajo los arcos que esta calle se ha convertido en sitio preferido para estos actos en los fines de semana
lo que heu de fer es cerca sa pasta que han robat....