Fachada del hospital Can Misses, donde fue operada la paciente. | Marco Torres

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El Juzgado número 1 de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca ha dictado una sentencia en la que se reconoce la responsabilidad patrimonial de la Administración en la asistencia que se prestó a M.T.S., por parte del IB-Salud, «por el retraso en el diagnóstico» de una paciente que padecía un tumor, con resultado de fallecimiento» y condena al IB-Salut a pagar 100.000 euros.


La sentencia, tramitada por los servicios jurídicos de la Asociación el Defensor del Paciente, hace referencia a una «demora excesiva, y retraso en el diagnóstico, desde la objetivación de la adenopatía axilar que sufría en julio de 2002» hasta que fue operada en el Hospital Can Misses (Eivissa) en abril de 2004.


Sentencia


El juzgado ha concedido la cantidad final de 100.000 euros a los herederos de la fallecida, «ya que en el transcurso de la tramitación del procedimiento la reclamante falleció en octubre de 2008, a la edad de 50 años, y sucediéndole los hijos de la víctima en el procedimiento judicial», especifican desde la asociación.