PALMA LOCAL EDIFICIO Nº 2 DE LA PLAÇA LLORENÇ VILLALONGA FOTO MIQUEL A. CAÑELLAS

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El Tribunal Supremo ha declarado nulo el estudio de detalle de la UA 15 A y UA 15C del Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de sa Calatrava, mediante el que se incrementaron los volúmenes y se eliminaron zonas de retranqueo de un edificio de viviendas de lujo en la plaza Lorenzo Villalonga número 2. La sentencia del Supremo dice que se tienen que respetar los volúmenes que establece el PERI de la zona y entiende que el acuerdo plenario del Ajuntament de Palma en el que se aprobó el estudio de detalle no lo hace. En concreto, el inmueble cuenta con 28 viviendas de lujo, tres ascensores, un local y 50 plazas de aparcamiento.

Derribos

El siguiente paso es la ejecución de la sentencia, que con toda probabilidad ordenará la demolición de aquellas zonas que no entren dentro de los volúmenes permitidos en el PERI. No obstante, la ejecución de la sentencia requiere un periodo de tiempo largo, unos dos años aproximadamente.

Paralelamente, los propietarios de las viviendas tendrán que solicitar una nueva autorización para legalizar el edificio. Para ello, habrá que comprobar cuáles son los volúmenes que están fuera de ordenación, que con toda probabilidad serán derribados. En concreto, la sentencia pone como ejemplo que no se ha respetado el retranqueo de un ático.

Cabe destacar que el citado inmueble cuenta con hasta siete licencias urbanísticas y no todas ellas pasaron por la Comisión Insular de Patrimonio del Consell de Mallorca. Como se recordará, en el año 2005 aparecieron en sa Calatrava restos de la primera cantera romana descubierta en Mallorca, así como restos humanos del siglo XIV.

Estos hallazgos, especialmente los de la cantera de época romana, obligaron a modificar el proyecto inicial. Esto supuso una disminución del espacio disponible para construir el edificio de viviendas, que se compensó con un incremento de alturas, que permitía construir más viviendas.