Los dueños de varias parcelas de pequeño tamaño de Son Bordoy habían pedido a Cort en el año 2007 la nulidad del proyecto de compensación porque aseguraban que no se les había informado de todos los trámites y que, por lo tanto el procedimiento administrativo había sido nulo. Cort rechazó la petición y contra esta decisión municipal los dueños de esas fincas elevaron un recurso contencioso administrativo.
En primera instancia, un juzgado de Palma dio la razón a los propietarios y anuló toda la tramitación administrativa que se había llevado a cabo durante el gobierno de Catalina Cirer en Cort.
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia anula la primera sentencia. Señala que las propiedades de los demandantes no figuraban inscritas ni en el registro de la propiedad ni en el catastro, por lo que en un primer momento la administración no pudo comunicarle los trámites de forma normal. Después, la sentencia señala que se actuó para indemnizar a este propietario. Esta imposibilidad para el Ajuntament de contactar con los demandantes lleva al levantamiento de la sentencia como demandaban dos empresas y el propio Ajuntament de Palma.
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