TW
9

La Sindicatura de Cuentas de Balears ha concluido en un informe que la adjudicación del servicio de jardinería de la Empresa Funeraria Municipal de Palma en 2008 a la firma Jardins de Tramuntana, propiedad de la pareja de la entonces presidenta del Consell de Mallorca, Francina Armengol, no se hizo «de conformidad con el principio de legalidad».

El grupo municipal del PSIB-PSOE en Cort señaló ayer al respecto que «asume un examen crítico de ese proceso», y que las posteriores licitaciones «se llevaron a cabo «aplicando sustancialmente las recomendaciones que ahora figuran en el informe de la Sindicatura».

El Ayuntamiento de Palma aprobó en octubre de 2010 remitir a la Sindicatura los expedientes de esta contratación ante reiteradas peticiones del grupo municipal del Partido Popular.

Publicidad y concurrencia

La Sindicatura afirma que la adjudicación se hizo de forma irregular en varios aspectos, concretamente en que no se exigió la clasificación del contratista, no se publicó la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, se concedió un plazo inferior a los licitadores y no se detallaron los criterios de adjudicación.

El plazo que se concedió a las empresas para presentarse al concurso fue de 16 días, cuando tendrían que haber sido 52, indica el informe, que añade que además no constan suficientementedetallados los motivos de la exclusión de dos de las diez ofertas presentadas.

En cuanto a los criterios de adjudicación, en el expediente «no consta motivada la elección» de los mismos, y además están descritos «de forma genérica, sin establecer precisiones en cuanto a su contenido», apunta el informe, que agrega que «no se detallan las normas o los métodos para su valoración, lo que dificulta su aplicación y afecta a los principios de publicidad y concurrencia».

Respecto a la puntuación de las ofertas, la Sindicatura explica que «no consta ningún informe o documento equivalente donde se valoren las propuestas con justificación concreta de la puntuación otorgada a cada una de ellas».

El informe de la Sindicatura está relacionado con cuestiones administrativas y no con calificaciones de carácter penal sobre el expediente, pues de hecho el juzgado de Instrucción 8 de Palma señaló en resolución de 2009 que no se apreciaban indicios de delito en su tramitación.