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La Agencia Tributaria sostiene que no hay agujeros negros de control en la Casa Real e insiste en que los NIF de sus miembros son objeto de los mismos análisis de riesgos que los del resto de los ciudadanos. Así lo han asegurado este miércoles fuentes de Hacienda, tras las explicaciones ofrecidas ayer sobre la «imputación indebida» de trece operaciones atribuidas a la infanta Cristina en 2005 y 2006.

Según sostuvo el Ministerio de Hacienda, los errores que se produjeron en el caso de la infanta Cristina se deben en once casos a un error de Notarios y Registrados, mientras que en los otros dos se atribuye a un fallo de la propia Agencia Tributaria.

Las citadas fuentes han indicado que todos los NIF son susceptibles de ser controlados y han remarcado que ninguno de ellos está en una caja negra para no ser comprobado, por lo que han instado a no presumir que no se revisara el NIF de la infanta Cristina o que no se llevara a cabo algún tipo de control.

Respecto a las voces que no creen en la causalidad como justificación a las trece operaciones atribuidas erróneamente a la infanta Cristina, han destacado que se están haciendo valoraciones subjetivas que rozan la especulación respeto al caso de la infanta y han agregado que tampoco hay que presumir que no se hayan producido errores en otros tipos de NIF.

En relación con la documentación que la Agencia Tributaria remitió al juez que instruye el 'caso Nóos', José Castro, han explicado que se trataba de información proporcionada por terceros y que Hacienda sólo mantiene en sus bases de datos, por lo que dicha información únicamente puede ser corregida por quienes la han facilitado, como garantía de que no existe manipulación.

INFORMACIÓN DE LA BASE DE DATOS

En este sentido, han recalcado que la información que se transfirió al juez Castro fue la que obra en sus bases de datos y que, en principio, no consta otra. Además, han añadido que dicha documentación se concentra en esos ejercicios aleatoriamente.

De igual modo se han referido al papel del catastro y han detallado que este organismo hace algo parecido a lo que lleva a cabo la Agencia Tributaria, es decir, que depura la información para el IBI y las declaraciones catastrales y, a su vez, maneja información de terceros como indicación. Así, en Hacienda dan por hecho que la referencia catastral de los bienes inmuebles se hizo correctamente.

Respecto de la trazabilidad en el error que se atribuye a la Agencia Tributaria, han detallado que cualquier persona que acceda al sistema deja un rastro, por lo que la persona que cometió el fallo está identificada por sus superiores.

Aunque Hacienda no se ha puesto formalmente en contacto con los Notarios y Registradores, han asegurado que la relación entre ambos es muy buena y muy fructífera como proveedores de información que son, lo que no quita que se mantenga una voluntad de mejorar las relaciones de colaboración para tratar de evitar este tipo de imputaciones erróneas en origen.

Por su parte, el secretario de Estado de Hacienda y presidente de la Agencia Tributaria, Miguel Ferre, ha asegurado que «tanto el presidente del Gobierno como el propio ministro» de Hacienda, Cristóbal Montoro, consideran «lamentable» esta situación, pero ha querido poner «en contexto» el volumen de estas imputaciones indebidas «con el grandísimo volumen de información» que se maneja.

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Para Ferre, «no toda esa información, que potencialmente puede tener problemas», va a generar dificultades «a los contribuyentes, sino más bien al contrario». «La información que se utiliza para el borrador de las campañas masivas de control tributario es información que se depura internamente», ha destacado.

NECESIDAD DE EXPLICAR

Ante los medios de comunicación, Ferre ha puesto de manifiesto este miércoles la «necesidad de explicar las circunstancias» del informe elaborado por la Agencia Tributaria sobre el 'caso Nóos'. Así, ha recordado que existe un «marco normativo» que regula las relaciones entre la Agencia Tributaria y el Poder Judicial, por lo que se atendió el requerimiento del juez Castro en base al artículo 95 de la Ley General Tributaria.

Tras recibir la petición por parte del magistrado, la Agencia Tributaria remitió información sobre la infanta Cristina «de carácter general» y «sin verificación previa», porque así lo establece «la propia normativa.

En este punto, ha recalcado que la Agencia Tributaria y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) firman «convenios», que se actualizan de la manera periódica en los que se determina esa colaboración y, por lo tanto, el «intercambio de información». Ferre ha puntualizado que lo que se transmiten son «indicios, pistas, referencias» para que el juez las utilice.

En el caso concreto de la infanta Cristina, la petición del juez Castro se realizó a través del «procedimiento general ordinario» y la respuesta la preparó la Oficina de Comunicación con Juzgados y Tribunales de la Delegación Especial de Cataluña, quien se la envió al «titular» de dicha Delegación y, finalmente, éste se la transmitió al juez. «Son los pasos estándares», ha asegurado Ferre.

Respecto a la forma y el contenido de la respuesta dada a la solicitud del magistrado, el secretario de Estado ha indicado que el documento constituía un «conjunto de pantallas» extraídas de la base de datos de la Agencia Tributaria, en la que no contaba ningún comentario o aclaración. Además, ha agregado que en el informe queda «claro» cuál es el «origen» de la información y que «procede de terceros», por lo que «no está tratado ni verificada» por al Agencia Tributaria.

A continuación, Ferre ha indicado que en las trece imputaciones erróneas se pueden distinguir dos grupos. El primero de ellos, el mayoritario, está formado por «once imputaciones erróneas en las cuales era información que tenía origen en el fichero global de Notarios y Registradores». «Aparecía el DNI número 14 sin la letra de control. No aparecía», ha concretado.

PROCESO MANUAL

En las otras dos imputaciones erróneas «sí que se produjo un error desarrollado en la propia Agencia Tributaria en esa época», ha reconocido, para después aclarar que cuando se produce la tramitación de información masiva, en ese momento, «aún se hacía» el proceso «de forma manual.

«Hubo un deslizamiento, en el cual coincidieron el número 14 con la primera cifra del número 14 de las personas que adquirían esas fincas. En definitiva, un error manual concreto en dos operaciones concretas», ha insistido, para añadir que este proceso ha cambiado en el año 2007 y, desde entonces, la información se vincula al NIF y a los nombres y los apellidos de las personas que intervienen en la operación. No cabe, en mi opinión, lugar para especulaciones sobre lo que realmente ha ocurrido», ha concluido.