Jaume Matas, el día que el Tribunal Supremo le redujo su pena. | Teresa Ayuga

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La Sección Primera de la Audiencia de Palma ha ponderado «la representación que Jaume Matas ostentaba como presidente de la Comunitat Autónoma» y las «altas funciones que tenía encomendadas» para denegarle su petición de sustituir la pena de 9 meses y 1 día por la de una multa de 10.840 euros, según el auto dictado ayer, que deja al exjefe del Ejecutivo balear con un pie en la cárcel.

También, las magistradas motivan su resolución con el argumento de que si acceden a la petición de Matas habrá una «sensación de impunidad de quien ejerce, de modo desviado o en su propio beneficio o en el de terceros, el poder que le ha sido impuesto por los ciudadanos».

El Tribunal Supremo rebajó de 6 años a 9 meses y 1 día la condena que la Audiencia de Palma había impuesto a Matas por favorecer con dinero público al periodista Antonio Alemany. El Alto Tribunal le absolvió de los delitos de falsedad en documento oficial, falsedad en documento mercantil, prevaricación y malversación, pero le condenó por tráfico de influencias.

Alemany, por su parte, está pendiente de que el Gobierno se pronuncie sobre su petición de indulto, que ha paralizado, por decisión de la Audiencia, su ingreso en la cárcel para cumplir una condena de 2 años y 3 meses.

La resolución, contra la que cabe recurso de súplica ante el mismo tribunal, se apoya en «la trascendencia y repercusión pública» del delito por el que fue condenado Matas tras «favorecer a un particular» (Antonio Alemany), lo que «configura una conducta grave, socialmente reprochable», precisa.

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«Conducta delictiva»

«No hace falta recordar que los actos llevados a cabo por el condenado revelan una conducta delictiva gravemente antisocial, prevaliéndose de su alto cargo público en la Comunidad Autónoma», añade.

El tribunal cita las sentencias del ‘caso Pallerols’, del tribunal del jurado contra el exconcejal de Cort Javier Rodrigo de Santos y del exconcejal del Ajuntament de Llucmajor Joaquín Rabasco, como ejemplos de causas en las que se denegó las suspensiones de las penas impuestas en cada una de ellas, todas inferiores a los dos años de cárcel.

Asimismo, en el auto se hace mención a la falta de arrepentimiento de Matas, «que ni tan siquiera ha reconocido la comisión del delito y ni acepta la sentencia, habiendo efectuado manifestaciones públicas en las que reitera su inocencia».

«El primer paso para la resocializacion que indica la Constitución es precisamente asumir el comportamiento incorrecto, atisocial y delictivo», añade el tribunal.

Antonio Alberca, abogado de Matas, tiene tres días de plazo para interponer un recurso de súplica y pedir, asimismo, un indulto al Gobierno central.