Samantha Romero, saliendo de la Audiencia Provincial. | M. À. Cañellas

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La sentencia del caso Nóos hecha pública este viernes puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo en un plazo de cinco días, según recoge el propio fallo judicial hecho público por la Audiencia de Palma.

Además del recurso, dado lo elevado de las penas, las acusaciones podrían solicitar una vista para pedir al tribunal que modificara las medidas cautelares que pesan desde la fase de instrucción sobre los ahora condenados y ordenara el ingreso en prisión de alguno de ellos.

Hay un antecedente próximo de ingreso en prisión a instancias de la fiscalía en un caso de corrupción política juzgado por la Audiencia de Palma sin que existiese confirmación de condena por parte del Tribunal Supremo.

En julio de 2013, la expresidenta del Consell de Mallorca y del Parlament balear Maria Antónia Munar ingresó en la cárcel de Palma por orden de la Audiencia provincial por riesgo de fuga, al día siguiente de que fuera condenada por segunda vez por corrupción, con lo que sumaba penas de 11 años y 6 seis de cárcel.

Munar había sido condenada a 6 años de prisión por la venta fraudulenta del solar público de Can Domenge. Además estaba pendiente de que el Tribunal Supremo revisara otra sentencia anterior en el caso Maquillaje con una pena de 5 años y 6 meses.

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Los magistrados de la sección segunda de la Audiencia de Palma atendieron la petición de medidas cautelares planteada por la Fiscalía Anticorrupción tras la condena por malversación, fraude y revelación de información confidencial.

En el auto, los jueces acogieron el elevado riesgo de fuga por las dos penas dictadas en su contra, mencionaron el «desalentador y negativo» panorama procesal que afrontaba Munar entonces, así como la posibilidad de que tuviera dinero oculto en el extranjero que podría usar para fugarse.

También hay un ejemplo reciente de un supuesto en el que, sin confirmación del Supremo ni reiteración de condenas, la Audiencia envió a un condenado a la cárcel.

Igualmente en el verano de 2013, a raíz de la sentencia del llamado caso Scala, la Fiscalía Anticorrupción pidió el encarcelamiento inmediato del exconseller balear de Comercio Josep Juan Cardona, condenado a 16 años de prisión por asociación ilícita, malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude a la administración y falsedad. Lo justificó ante el alto riesgo de fuga.

La sección primera de la Audiencia de Palma también atendió la petición de la Fiscalía y ordenó su ingreso inmediato en prisión mediante un auto de modificación de medidas cautelares, dictado al día siguiente de la sentencia.