El presidente de la institución, Miquel Ensenyat, ha destacado que los caminos y rutas son «un patrimonio de todos y queremos que todos puedan disfrutar de ellos».
Ensenyat se ha referido a «la importancia de recuperar espacios públicos, algo que será posible con esta ley de caminos, la primera que se impulsa en Baleares».
El texto ha sido elaborado por el departamento de Medio Ambiente y el Departamento de Territorio e Infraestructuras.
Con esta ley se da respuesta a la necesidad de establecer un régimen jurídico para los caminos públicos con el fin de recuperarlos y promover su uso y defensa. Asimismo, proporciona un marco legal para rutas de interés excursionista existentes y abre la posibilidad de crear nuevas.
La ley define los caminos públicos como la infraestructura viaria que permite la circulación de los ciudadanos. Con esta normativa, no sólo las instituciones podrán reclamar un camino como público, sino que también lo podrá hacer cualquier ciudadano. Además, dota de legitimidad a la administración para que se pueda abrir de manera inmediata un camino usurpado.
Por otro lado, contempla la elaboración de diferentes catálogos de caminos donde se ofrecerá información sobre los mismos. Los ayuntamientos deberán elaborar sus catálogos, que incluirán los caminos de titularidad municipal. Asimismo, se elaborará un catálogo insular que incluirá todos los caminos de titularidad del Consell de Mallorca.
También se pondrá en marcha un registro insular de caminos públicos de Mallorca que estará disponible para consultas y será accesible telemáticamente.
Tras el periodo de exposición pública, el texto final incluye una serie de alegaciones recibidas durante la fase de consulta pública.
En cuanto a los usos, la ley determina que los caminos deben ser de acceso libre y gratuito y que están destinados al tráfico no motorizado. Además, los usos y aprovechamientos distintos al derecho de circulación o tráfico necesitarán autorización previa de la administración titular del camino.
Otro capítulo de la normativa estará dedicado a la pavimentación de los caminos y determina que, con carácter general, los caminos de acceso al medio natural y paisajístico no se pueden pavimentar y si se tuviera que pavimentar por razones imperiosas, deberá tramitarse la declaración de interés general.
La ley también hace referencia a las rutas de interés excursionista con el objetivo de recuperar, conservar y fomentar el patrimonio viario tradicional y su entorno, así como facilitar la práctica de este deporte. Es la primera vez en la comunidad autónoma que se presenta una ley para regularlas si protegerlas.
Esta ley avala y refuerza las rutas actuales del GR-221 y GR-222 (Artà-Lluc) y abre la puerta a poder crear nuevas.
Finalmente, la ley también incluye una serie de infracciones que se califican como muy graves, graves y leves y que pueden suponer sanciones de entre 60 euros y 20.000 euros.
La norma también incluye la obligación de restituir las cosas conforme a su estado anterior con cargo al infractor y de resarcimiento de daños y perjuicios que la actuación haya podido ocasionar.
Desde el PSIB-PSOE en el Consell su portavoz adjunta, Maria Francesca Servera, ha declarado que la ley servirá para «dar respuesta a la necesidad de establecer» un régimen jurídico de los caminos públicos para recuperarlos y promover su defensa, por lo que ha mostrado su satisfacción por esta iniciativa.
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