La decisión del TSJB afecta a todos los operadores que ofrecen servicios de telefonía fija e internet y a los que se cobraba por utilizar antenas y otro tipo de dispositivos que ocupaban espacio público en Palma. Otros municipios tienen tasas similares.
La sala de lo Contencioso del TSJB ha anulado la tasa que Cort cobraba a los operadores de telefonía fija que daban servicio en Palma desde el año 2008. El tribunal ha aceptado un recurso interpuesto por Orange y considera que este impuesto municipal colisiona con varias directivas de la Unión Europea al suponer una cortapisa al acceso a las nuevas tecnologías. La decisión es similar a otras adoptadas en torno a las antenas de telefonía móvil y esta vez afecta a servicios de teléfono fijo y de internet. Cort sólo podrá cobrar a los dueños de las antenas y de los dispositivos electrónicos que usan el espacio público pero no a las empresas que se aprovechan de estas y que suministran los servicios a los usuarios.
4 comentarios
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Un fallo judicial que afavoreix encara més a les multinacionals de la comunicació i els seus beneficis multimilionaris dels quals no aporten quasi res a la societat. Potser legal però de justicia gens ni mica.
las empresas de internet las mas caras de EU y ellos a los clientes de bajarnos nada ,esos clientes que estan tan felices ya me diran cuanto les bajan la empresa de internet.
Este país es un cachondeo y no sintoniza con la Ley Europea, aunque si puede cobrarse por otros conceptos análogos.
Uyyyyyy en 1,5 % este pacte esta a nada ya de cobrar un 3% se ve que hay personal diseñando impuestos para escurrir mas al ciudadano.menos mal que ya queda poco para las elecciones y echar a los pantacatalanistas.