Los propietarios de viviendas turísticas deben informar de sus clientes a la Policía Nacional o a la Guardia Civil.

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Los propietarios de vivienda turísticas que llevan a cabo la actividad de alquiler vacacional están obligados, a partir del próximo 1 de julio, a gestionar los libros de registro y los partes de entrada de viajeros de acuerdo con la normativa estatal para entregarlos a la Policía Nacional o a la Guardia Civil, como ya elaboran los establecimientos hoteleros. En caso de no cumplimentarlo están expuestos a sanciones de hasta 30.000 euros, de ahí los temores entre los propietarios.

Se trata de un procedimiento que deben llevar a cabo las viviendas turísticas con la correspondiente autorización de la Conselleria de Turisme y que, por tanto, son legales, por lo que en Mallorca afecta a unas 14.500 estancias. Con el fin de abordar esta cuestión, la Federación de Estancias Turísticas Vacacionales de Mallorca ha convocado reuniones informativas con sus asociados en la que participarán representantes de la Guardia Civil y de la Policía Nacional para explicar a los propietarios la manera en que deben actuar. El primer encuentro se realizará este viernes en Alcúdia, mientras que el segundo se llevará a cabo el próximo 28 de mayo en Manacor.

Tipos de sanciones

No cumplir con esta normativa comporta dos tipos de sanciones, leves y graves. Las segundas suponen multas de entre 601 y 30.000 euros y se producen cuando el propietario carece de los registros. Las sanciones, además, pueden implicar la suspensión de licencias hasta 6 meses si no se es reincidente, mientras que repetir la infracción puede suponer una suspensión de hasta a 2 años. También podría darse la clausura de un establecimiento si procede.

La infracción leve, por su parte, se comete cuando existen irregularidades en la cumplimentación de los registros, como que los partes no estén firmados por cada uno de los viajeros o que no aparezcan los datos necesarios. En este caso, la sanción prevista oscila entre los 100 y los 600 euros.