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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha rebajado en cinco meses -hasta los 5 años y 10 meses- la condena inicial por el caso Nóos para el marido de la Infanta Cristina, Iñaki Urdangarin. El exduque había sido penado con seis años y 3 meses de cárcel por la Audiencia Provincial de Palma por varios delitos relacionados con la actividad de la citada entidad sin ánimo de lucro. De este modo se rechaza el incremento de pena hasta los diez años de cárcel que solicitó la Fiscalía.

La reducción de la condena inicial obedece a la absolución que el alto tribunal aplica a uno de los delitos por los que Urdangarin fue condenado, el de falsedad en documento público cometido por funcionario público, ya que la Sala entiende que no está probada su intervención. No cree que Urdangarin tuviera participación en maniobras falsarias llevadas a cabo exclusivamente por quienes a efectos penales tienen la consideración de funcionario o autoridad pública.

Esta decisión dejaría al exduque de Palma al borde de la entrada en prisión, puesto que el Tribunal Constitucional, al que previsiblemente recurrirá su defensa, viene tradicionalmente teniendo en cuenta como límite las penas de en torno a los cinco años de cárcel para decidir si suspende o no la ejecución de las condenas mientras resuelve sobre el amparo solicitado.

La Audiencia de Palma podría también, una vez que la sentencia es firme, decretar ya el ingreso en prisión de Urdangarin de forma inmediata o bien celebrar una vista para adoptar esta decisión. No obstante, el acuerdo al que llegue el tribunal sentenciador podría ser suspendido igualmente por el Tribunal Constitucional en el caso de que lo solicite la defensa mientras resuelve. Por el momento, la Sala de lo Penal del Supremo ha comunicado el fallo a la Audiencia de Palma, a los efectos de su ejecución.

Condenas

Urdangarin pasa a ser el más duramente condenado en este caso puesto que el Supremo reduce desde los 8 años hasta los 5 años y 8 meses la pena a su exsocio Diego Torres tras absolverle de tráfico de influencias, blanqueo y falsedad, mientras que mantiene la responsabilidad de partícipes a título lucrativo de la esposa de éste Ana María Tejeiro y de Cristina de Borbón en el delito de malversación y fraude de sus maridos, pero no en los delitos fiscales.

Por otro lado, ratifica el resto de pronunciamientos de la Audiencia de Palma, incluida la condena a 3 años y 8 meses de cárcel al expresidente balear Jaume Matas y la absolución de los exmandatarios valencianos implicados durante la instrucción.

La sentencia, de 353 páginas, afirma que está acreditado que el acusado, a través de su amistad con el coacusado director de Deportes de Baleares José Luis Ballester 'Pepote' y la situación de privilegio de que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien era entonces Jefe del Estado consiguió mover la voluntad del expresidente Matas para obtener la contratación con la Asociación Instituto Noos y celebrar la cumbre de 2005 y, singularmente, para que se llevase a cabo orillando toda concurrencia, y los condicionantes que podrían derivarse de una tramitación ajustada a la legalidad».

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Destaca también que el logro del influjo ejercido desde el trampolín de su privilegiada posición no se limita a la contratación, sino también y particularmente a la exclusión de toda concurrencia posible obviando las condiciones, presupuestos y proyectos que otras empresas podían ofrecer mejorando las fijadas casi unilateralmente por el recurrente y su socio».

Conclusiones

El alto tribunal desestima de este modo los argumentos de la defensa del marido de la Infanta Cristina y principal condenado por el caso Nóos, y tal y como apuntaban las sospechas de la mayoría de las partes personadas, los cambios sobre la sentencia dictada en su día por la Audiencia de Palma son mínimos al no tocar los hechos declarados probados en la sentencia en primera instancia.

A finales del mes de marzo se celebró una vista en la sede del Tribunal Supremo en la que el abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives, solicitó la libre absolución con razones que no difieren apenas de las que ya se descartaron en el juicio.

En ocasión de la vista, la fiscal Ángeles Garrido defendió un incremento de las penas impuestas por la Audiencia para el exduque de Palma y su exsocio al frente del Instituto Nóos, Diego Torres. En el caso de Urdangarin pidió pasar de los seis años y tres meses de prisión a los diez.

Se trata de una pena, la de Urdangarin, a todas luces inferior a la de 19 años de prisión solicitada para él inicialmente por la Fiscalía, puesto que el tribunal de Palma le absolvió de los delitos de blanqueo de capitales y estafa y de varios delitos de falsedad en documentos, tráfico de influencias, prevaricación, malversación y fraude en relación con actividades en Baleares, la Comunidad Valenciana y Madrid, y tuvo en cuenta circunstancias atenuantes de reparación del daño.

A su vez, la abogada de la Comunidad de Baleares también reclamó un aumento de la pena de los principales condenados así como la devolución de 2,6 millones de euros públicos de los convenios firmados por el Instituto Nóos en Baleares.

Según la letrada que defendió los intereses de los ciudadanos baleares, hubo «malversación en todos los negocios que se concluyeron con el señor Urdangarin y Torres y su entramado» en las islas, en los que el expresidente Jaume Matas actuó «extramuros» al consentir el delito, algo que choca frontalmente con su obligación como representante público, «mucho más cuando se comete por quien es garante de los fondos», en referencia al expresidente Matas, para quien pidió aumentar la pena hasta los 4 años y 8 meses de cárcel.