La consellera d’Hisenda, en una reunión con los sindicatos de la Administración, a quienes ya se les ha informado del acuerdo. | Redacción Local

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Al menos medio centenar de trabajadores de las sociedades mercantiles y de las fundaciones del sector público de Balears pasarán en breve a tener un contrato fijo en cumplimiento de un auto del Tribunal Supremo.

La Sala de lo Social de este organismo obliga a que todos los trabajadores con contrato indefinido pasen a tener la consideración de fijos. Las empresas o fundaciones que se encuentran en esta situación son Gestión de Emergencias de les Illes Balears (donde hay al menos 20 beneficiados), el consorcio del velódromo Palma Arena, la Fundación para la Dependencia el Banco de Sangre y el Ibitec, que es la empresa que sustituye a la extinta Multimedia.

En el Govern aún no tienen datos precisos sobre el total de trabajadores afectados, pero entre Gestión de Emergencia y el Ibitec suman más de 30, por lo que un cálculo aproximado podría suponer que los beneficiados son una cincuentena.

La consecuencia más directa de este cambio es que las plazas que ocupan estos contratados no salen a oposiciones porque se entiende que las plazas están ocupadas. Estos trabajadores no se consideran funcionarios porque no han aprobado una oposición, pero se entiende que su plaza está ocupada en virtud de esta sentencia.

Comunicación

En el Govern ya han comenzado a informar a los trabajadores que están en esta situación. La Comisión de Supervisión Análisis y Propuesta de Reestructuración del Sector Público tomó la decisión de regularizar la situación de estos trabajadores en la reunión que se ha celebrado este mismo mes.

El auto del Supremo da la razón a un trabajador de AENA en el aeropuerto de Málaga, con un contrato interino, pero que hacía los mismos trabajos que sus compañeros fijos.
En febrero de 2016 se convocaron 619 plazas de personal laboral de carácter fijo de plantilla y el trabajador no superó las pruebas selectivas de ingreso. El demandante pretendía que su relación laboral fuera catalogada como de fijo de plantilla y denunciaba en su recurso la infracción de un artículo de lo Estatuto de los Trabajadores.

El juzgado ordinario le dio la razón, pero AENA llevó al caso ante el Tribunal Supremo, que ahora ha dictado jurisprudencia por lo que la decisión afecta al conjunto de las Administraciones Públicas.