El expediente sancionador que se inició el pasado mes de enero cuenta con unas dos mil páginas y concluye que existe una falta muy grave tipificada por la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios. Salut propone una multa de 600 mil euros, la de menor cuantía para estos supuestos. La legislación plantea una sanción máxima posible de un millón de euros para los casos de mayor gravedad.
Al conocer la multa, el abogado de Pablo Escribá presentó un recurso ante la Conselleria que fue desestimado. Acabada la vía administrativa, el catedrático de la UIB ha impugnado la sanción ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJIB) donde Salut remitió el expediente a principios de mes. Vista la saturación de este juzgado y teniendo en cuenta que contra la resolución cabría un recurso ante el Supremo, podrían pasar años hasta conocer una sentencia firme.
La Conselleria empezó el informe justo después que se cerrase el proceso judicial por lo penal, ya que no se puede incoar un expediente mientras haya una causa en marcha porque ambos son incompatibles.
El propio auto del juez de instrucción que concluyó que no existía delito abría la puerta a la existencia de una infracción administrativa en la venta del Minerval. Escribá reconoció durante la investigación que había facilitado el principio activo del medicamento en pruebas a varios pacientes que se lo habían pedido.
En todos los casos se trataba de familiares o enfermos sin tratamiento posible para cánceres en fases muy avanzadas. La investigación penal descartó la existencia de una estafa porque todos ellos sabían que se trataba de un medicamento que aún estaba en fase de pruebas y tenían suficiente formación –había incluso farmaceúticos– para saber que el producto que adquirían podía no tener ningún tipo de resultado.
La causa se cerró en abril de 2018 de forma definitiva. Se había iniciado tras las denuncias de varios médicos cuyos pacientes les relataron que tomaban el medicamento y desembocó en una sonada intervención policial. Sin embargo, varios meses de instrucción judicial diluyeron los indicios: la mayoría de los afectados que declararon aseguraron que no fueron engañados y, por lo tanto, se descartó la presencia de un delito de estafa.
El juez dio traslado de las actuaciones al Govern ante las sospechas de la venta del medicamento sin contar con los permisos ni haber superado todos los ensayos clínicos necesarios. La Administración entiende que lo que se distribuyó a los pacientes era el medicamento con el que se experimentaba y, por lo tanto, impone la sanción, que vuelve ahora a ser recurrida.
4 comentarios
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Estoy completamente de acuerdo con el comentario de Augur. Al vergonzoso hecho de la administración de un producto no autorizado, desde la UIB, por uno de sus pseudo-catedráticos, se suma el que las altas instancias de la susodicha intentaron tampar y mentir sobre el asunto y durante años ¿Cómo no depurar responsabilidades?
A Tomeu: No has entes res de res. O embuies la troca, que es pitjor. Salut
Si la responsabilitat de la UIB el cas internament era responsabilitat de na Xesca Más i d'altres no hi ha gaire cosa més a dir.
El Minerval no era un medicamento autorizado y por tanto su administración fuera del ensayo clínico "ad hoc" está prohibida y debe ser sancionada de inmediato (cuando se tardan años). En mi personal criterio no puede considerarse un producto dietético o complementario de una nutrición específica. Pero lo más destacable de toda esta la historia de incompetencia, es que unas pocas personas, una ajena al tema, demostraron su capacidad humana denunciándolo. Pero otra persona (alto cargo) declaró su ignorancia, y falta de actuación inmediata sobre la cuestión y esto es muy grave y merece ser sancionado con mucha mayor gravedad aún y proceder al cese inmediato. Cosa que como verán Vds. ni ha sucedido ni sucederá en la democracia feudal que padecemos, carente de todo control interno sobre los actos de la propia Administración (son los adeptos y enchufados).Cuando ni siquiera se protege adecuadamente a la Salud Pública.