La construcción o adquisición de una primera o segunda residencia en terreno forestal o en una zona límítrofe entre urbana y forestal conlleva responsabilidades. Es necesario que los alrededores de la edificación cuenten con una densidad de vegetación reducida para evitar la propagación o intensificación del fuego. Están en juego bienes patrimoniales, pero, sobre todo, vidas humanas. | Redacción Local

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El IV Pla General de Defensa contra Incendis Forestals de les Illes Balears, elaborado por la Conselleria de Medi Ambient i Territori, prevé la implantación de un canon municipal que garantice la toma de medidas de autoprotección por parte de urbanizaciones y viviendas unifamiliares en zonas forestales de Baleares.

La expansión urbanística en terreno forestal, muy acentuada en las últimas décadas, ha comportado un problema de nueva índole. En caso de incendio, se establece como prioridad la salvación de personas y la protección de bienes, y la proliferación de construcciones, de primera o segunda residencia, en zona forestal o en la limítrofe entre urbana y forestal supone que los efectivos contraincendios deben dedicar buena parte de su tiempo y esfuerzo a aislar estar residencias de la amenaza del fuego y también de las humaredas.

La Conselleria considera que estos propietarios deben desarrollar y materializar actuaciones tanto en el combustible vegetal como en las infraestructuras existentes en sus fincas e inmuebles para reducir las posibles afectaciones en ellas del fuego forestal. Se trata de que esta población asuma sus propias responsabilidades en la defensa contra los incendios.

La principal medida a implementar por parte de los propietarios es la reducción del combustible vegetal alrededor de las casas y las urbanizaciones. Un ejemplo de ello serían los jardines con pinos a muy poca distancia de las casas, pero, en líneas generales, se trata de crear alrededor de los inmuebles un área debidamente desbrozada en el matorral y podada en el arbolado.

Dispersión

En este sentido, una vegetación dispersa ofrece más dificultades para que el fuego se propague o intensifique. En concreto, el plan establece un área de cortafuegos perimetral de 30 metros de anchura alrededor de urbanizaciones o edificaciones aisladas en suelo forestal o urbano-forestal.

Hasta ahora, estas medidas han sido contempladas como recomendaciones para los propietarios, pero el plan destaca que estas localizaciones pueden tener unas consecuencias más graves en caso de incendio, por lo que las medidas de prevención y autoprotección deben ser prioritarias. Por ello, el plan prevé la implantación de cánones municipales para aquellos casos de urbanizaciones o edificaciones aisladas sin las adecuadas medidas de autoprotección o sin su correcto mantenimiento. Con el cobro de estos cánones, el propio ayuntamiento en cuestión podría emprender la ejecución de los trabajos necesarios. La implantación de los cánones se enmarcaría en las normativas autonómicas de Emergencias y Protección Civil.