Un juzgado de lo Contencioso de Palma condenó en 2016 a Illesport a pagar 114.504 euros a las empresas como intereses de demora por el retraso en el pago de certificaciones de obra del velódromo. Sin embargo, rechazó el pago de los avales: unas cantidades exigidas en el contrato como garantía de que las obras se llevaban a cabo de forma correcta. La sentencia del TSJB establece que el Palma Arena se inauguró de forma oficial en marzo de 2007 y que la garantía expiró un año después sin que se detectaran anomalías en las obras. En total, la unión de empresas había adelantado 74.000 euros, que era la cantidad que quería recuperar más los intereses de esta década.
La Administración autonómica rechazaba el pago y aludía a la investigación penal del ‘caso Palma Arena' como un elemento para no devolver la fianza. El TSJB lo rechaza: «No se cita ninguna sentencia penal que declare como hecho probado que en la construcción del Palma Arena, la UTE recurrente hubiera cometido alguna irregularidad penal en detrimento y perjuicio de la administración pública, en cuyo caso, quedaría justificada la denegación de tales avales». Es decir, el tribunal entiende que, a falta de pruebas de esas irregularidades se debería reintegrar esa cantidad. Sin embargo, desestima la petición por otra cuestión: el pliego de contratación exige para que se libere el aval la existencia de un informe previo favorable del director de las obras que aclare que estas están en buen estado y sin defectos culpa del contratista. Ese documento nunca fue aportado ni solicitado. Por eso se confirma la resolución del juzgado de lo Contencioso, si bien, aún se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.
Illesport ya ha culminado los pagos de la obra del Palma Arena, algo completado hace en torno a un año tras los retrasos motivados por la investigación final. La Administración asumió que el sobrecoste de las obras se debió a las prisas para ejecutarlas y ha solicitado el archivo de la pieza principal del ‘caso Palma Arena', al igual que lo ha hecho la Fiscalía Anticorrupción. Esta es la última parte del sumario que permanece abierta y en instrucción, si bien la jueza ha iniciado los trámites para cerrarla.
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