Se llama Juan Manuel Quintanilla, pero todo el mundo le conoce como ‘el Kinta' y llega directamente desde el corazón de Corea (Camp Redó). Es un hombre parco en palabras, rostro serio y cara de pocos amigos. Accede a autorizar este reportaje porque venimos recomendados por uno de sus amigos del barrio. «Nosotros somos profesionales de la desokupación. Lo último que buscamos es protagonismo o acaparar portadas en los medios de comunicación. Afortunadamente, tenemos más trabajo del que podemos asumir. Os puedo asegurar que cuando alguien tiene un problema, nos encuentra», apunta el portavoz de Stop Okupas en Baleares.
Echar a un okupa por la vía legal no es tarea fácil. Poner fin a una situación de vivienda okupada es tarea compleja, sobre todo, porque la ley no encuentra una fórmula efectiva para poder expulsarlos y que el legítimo propietario pueda recuperar su inmueble.
«Todos los integrantes de nuestro grupo –no le gusta llamarlo empresa– somos gente que venimos del sector de la seguridad privada, controles de acceso, porteros de discoteca y gimnasios. La gente que viene a nosotros está desesperada. Es muy injusto que entren en tu casa, tengas que seguir pagando la luz y el agua y encima la ley esté de parte de los asaltantes. Nosotros lo tenemos muy claro, donde no llegan las leyes, llegamos nosotros. El 95 por ciento de nuestras actuaciones son de intermediación ‘amistosa' entre los okupas ilegales y la propiedad», apunta Quintanilla.
Un equipo de Ultima Hora tiene la oportunidad de vivir en directo una de las actuaciones de la empresa de desokupación mallorquina. Por cuestiones de seguridad y para preservar la identidad del cliente nos solicitan que omitamos indicar el domicilio de actuación. A su llegada, el ‘negociador', arropado por cuatro jóvenes corpulentos, establece un diálogo fluido y cordial con los ocupantes ilegales de la vivienda. «Nos envía la propiedad y quiere que salgáis de la vivienda en menos de 48 horas. Hay dos fórmulas para hacerlo: por las buenas o por la nuestra. Aquí todos sabemos que no os vais a quedar. Por tanto, os damos 200 euros en efectivo, recoger vuestras cosas y para fuera. Si no lo hacéis, vamos a montar un control de acceso en la puerta del edificio con vigilantes de seguridad (dados de alta en Seguridad Privada de la Policía Nacional) y no vais a poder entrar».
En la puerta del edificio, se encontraban cinco gigantes culturistas más por si la situación se complicaba. Tras una corta pero intensa negociación, el okupa acepta el dinero y solicita 72 horas para hacer la mudanza. Tras reconocer que entró en la vivienda ‘al patadón', establecen que en menos de 48 horas deberá abandonar el inmueble. Toda esta escena fue grabada en vídeo y previo informe elaborado por un conocido abogado de la Isla. Dos días más tarde, la dueña de la casa pudo cambiar la cerradura y recuperar su hogar.
«No somos una ONG. Nosotros cobramos por hacer nuestro trabajo, pero os aseguro que somos mucho, pero que mucho más baratos y rápidos que la justicia. Los juzgados tardan años en sacarlos y nosotros en 24 horas los tenemos fuera. También tengo que puntualizar que no trabajamos para bancos y cuando nos encontramos viviendas ocupadas por familias con niños acudimos a servicios sociales para que sean ellos quienes tomen cartas en el asunto», concluye.
¿Cuánto cuesta echar a un okupa en España?
Echar a un okupa en España de forma legal oscila entre los 10.000 y 20.000 euros. Según varios portales especializados, el tiempo que transcurre desde que el propietario interpone la demanda de desahucio por precario hasta que se produce el lanzamiento con una orden judicial es de unos ocho meses de media. Y los costes se disparan. Un abogado puede cobrar unos 1.500 euros y otros 400 en procuradores. A todo ello hay que añadir unos 300 euros de cerrajero, acta notarial de entrada (300 euros), costes de reparación de daños ocasionados y el dinero no cobrado por la explotación de la vivienda (alquiler).
Juraría que la ley establece que los Vigilantes de Seguridad trabajan para una empresa, pero nunca como autónomos (otra cosa son las especialidades). Pero dicen que no son empresas pero si van poner un control de accesos... Bueno, espero que no tengan problemas, es una buena salida tal cómo están las cosas.
Si es el piso de un propietario pues mira, muy bien y justo, siempre y cuando no trabajen para desocupar inmuebles ocupados de los bancos, no olvidéis que por su culpa están los precios del alquiler por las nubes.
Yo no estoy a favor de.. La ley del Oeste... Pero sinceramente si me ocupan la casa y veo que esto se alarga meses.. Pues... Quien quiera contratarlos es libre de hacerlo... Y después lo atontados que justifican que si no es tu vivienda habitual... A pues no pasa nada no?.. Es decir,.. La casa qhe heredé de mis padres la cual pagaron durante 50 años y que yp he tenido que pagar el impuestpo de sucesiones.. 30.000€.. Como no vivo en ella... Me la pueden ocupar? Aiiixxx dios mio... Yo los contraría y que repartan bien
Todo es Mentira los controles de Acceso no son funciones Propias de la seguridad Privada por consiguiente un Vigilante no hace un control de accesos realiza la vigilancia del edificio, Ley 5/2014 2. Quedan también fuera del ámbito de aplicación de esta ley, a no ser que impliquen la asunción o realización de servicios o funciones de seguridad privada, y se regirán por las normas sectoriales que les sean de aplicación en cada caso, los siguientes servicios y funciones:
a) Las de información o de control en los accesos a instalaciones, comprendiendo el cuidado y custodia de las llaves, la apertura y cierre de puertas, la ayuda en el acceso de personas o vehículos, el cumplimiento de la normativa interna de los locales donde presten dicho servicio, así como la ejecución de tareas auxiliares o subordinadas de ayuda o socorro, todas ellas realizadas en las puertas o en el interior de inmuebles, locales públicos, aparcamientos, garajes, autopistas, incluyendo sus zonas de peajes,
@Ya era hora, ido el exces el poden repercutir al propietari del pis, i a veure que decideixen els jutjats, de fet els Bancs tampoc paguen les despesses de la Comunitat fins que no els hi diven que dema duen un Monitori al Jutjat. Igual no el guanyen pero el no ja el tenen.
"(...)una vez salen a comprar el pan..el dueño va, cambia la cerradura y .. todo ok"
Tristemente ya hay varias condenas a propietarios por haber cambiado la cerradura en casos similares llegando el propietario a tener que pagar una indemnización a los afectados.
¿Quiere decir usted que garantizan que no se van a producir denuncias por coacciones y daños por parte del desahuciado con este "ingenioso" método, llamemosle...del pan?
De ocurrir esto... ¿Se hacen ustedes cargo del pago de las cuantías que establezca el juzgado en caso de que la autoridad condene al propietario?
Si este método fuera legal ¿Que evita que yo, como propietario, cambie la cerradura siguiendo este mismo método sin necesidad de contratar a ningún "profesional" y ahorrarme un dinero?
@Tomeu, tu que comentas que te parece bien si son pisos de bancos... te dire que me paso a mi y a mi comunidad .. y es algo que he sufrido en carne.. no de un amigo ni conocido... el mi finca ... habia 2 pisos del banco.. entraron ocupas... nosotros legalmente no podiamos sacarlos pq no eramos los propietarios, ni denunciar.. contactamos con el banco y el interpuso una denúncia... bien.... estuvieron 13 meses en ser desocupados.... pero... se engancharon a la luz y agua de la comunidad... y sabes que llegamos a pagar los otros vecinos de la luz y agua de estos angelitos en 13 meses.... 3.200€ ... ale... para que te de igual si ocupan pisos de bancos !!!!
Bueno veo mucho confusión con el tema de "dar dinero al ocupa para que se vaya".. os lo voy a explicar... los desocupadores no pueden sacar a nadie a la fuerza, entonces... informan al ocupa que esta de forma ilegal y le enseñan la denúncia... aquí empieza la negociación,,, primero se evalua si el piso esta en buenas condiciones.. es decir,.. que no lo hayan rebentado (evidentemente el propietario informa de como estaba el piso).. posteriomente, al dueño se le dice que si estaria dispuesto a pagar X cantidad para que se fueran de inmediato,.. si dice que si.. y los ocupas aceptan.. todo OK.. si por lo que sea los ocupas no quieren salir o el dueño no kiere pagarles nada.. se monta un control en la puerta... los X días necesarios.. ese control... tiene un precio... por Hora... entonces igual pagandole 300€ al ocupa, te sale mas barato que pagar un control durante 5 dias hasta que salgan a comprar el pan... una vez salen a comprar el pan..el dueño va, cambia la cerradura y .. todo ok
A veure al que es dirigeix a mi, primera pregunta era vivenda habitada per vosté en que fos just caps de setmana o vacances? Si la pregunta es no no es allanament, era vivenda deshabitada i l'hi tiraren la porta abaix? es usurpació i en aquest cas si que ha d'intervenir un jutje, naturalment que s'ha de denunciar perque sino no intervé ningú, i si es de juliol per lo del Covid va tot retrasat peró un cas meu de incumpliment de contracte que es mes complicat que una usurpació de domicili es va resoldre en 6 mesos, si hagues estat allanament ja els tendria defora perque he de suposar que el seu advocat sap la diferencia i com s'actua en aquests casos, si no ho creu miri les declaracions al respecte del Fiscal en cap de Balears el Sr. Barcelo, el problema son aquests vivendes deshabitades i potada a sa porta e inclus els que estan dins poden haver estat estafats tambñé hi ha mafies que es fan passar per el propietari signen un contracte de lloguer i cobren la fianza i uns mesos de renta
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Juraría que la ley establece que los Vigilantes de Seguridad trabajan para una empresa, pero nunca como autónomos (otra cosa son las especialidades). Pero dicen que no son empresas pero si van poner un control de accesos... Bueno, espero que no tengan problemas, es una buena salida tal cómo están las cosas.
Si es el piso de un propietario pues mira, muy bien y justo, siempre y cuando no trabajen para desocupar inmuebles ocupados de los bancos, no olvidéis que por su culpa están los precios del alquiler por las nubes.
Yo no estoy a favor de.. La ley del Oeste... Pero sinceramente si me ocupan la casa y veo que esto se alarga meses.. Pues... Quien quiera contratarlos es libre de hacerlo... Y después lo atontados que justifican que si no es tu vivienda habitual... A pues no pasa nada no?.. Es decir,.. La casa qhe heredé de mis padres la cual pagaron durante 50 años y que yp he tenido que pagar el impuestpo de sucesiones.. 30.000€.. Como no vivo en ella... Me la pueden ocupar? Aiiixxx dios mio... Yo los contraría y que repartan bien
Todo es Mentira los controles de Acceso no son funciones Propias de la seguridad Privada por consiguiente un Vigilante no hace un control de accesos realiza la vigilancia del edificio, Ley 5/2014 2. Quedan también fuera del ámbito de aplicación de esta ley, a no ser que impliquen la asunción o realización de servicios o funciones de seguridad privada, y se regirán por las normas sectoriales que les sean de aplicación en cada caso, los siguientes servicios y funciones: a) Las de información o de control en los accesos a instalaciones, comprendiendo el cuidado y custodia de las llaves, la apertura y cierre de puertas, la ayuda en el acceso de personas o vehículos, el cumplimiento de la normativa interna de los locales donde presten dicho servicio, así como la ejecución de tareas auxiliares o subordinadas de ayuda o socorro, todas ellas realizadas en las puertas o en el interior de inmuebles, locales públicos, aparcamientos, garajes, autopistas, incluyendo sus zonas de peajes,
@Ya era hora, ido el exces el poden repercutir al propietari del pis, i a veure que decideixen els jutjats, de fet els Bancs tampoc paguen les despesses de la Comunitat fins que no els hi diven que dema duen un Monitori al Jutjat. Igual no el guanyen pero el no ja el tenen.
"(...)una vez salen a comprar el pan..el dueño va, cambia la cerradura y .. todo ok" Tristemente ya hay varias condenas a propietarios por haber cambiado la cerradura en casos similares llegando el propietario a tener que pagar una indemnización a los afectados. ¿Quiere decir usted que garantizan que no se van a producir denuncias por coacciones y daños por parte del desahuciado con este "ingenioso" método, llamemosle...del pan? De ocurrir esto... ¿Se hacen ustedes cargo del pago de las cuantías que establezca el juzgado en caso de que la autoridad condene al propietario? Si este método fuera legal ¿Que evita que yo, como propietario, cambie la cerradura siguiendo este mismo método sin necesidad de contratar a ningún "profesional" y ahorrarme un dinero?
Lamentable y patetico, que no funcione en este pais el sistema judicial ni hay leyes que protegan a los ciudadanos de bien.
@Tomeu, tu que comentas que te parece bien si son pisos de bancos... te dire que me paso a mi y a mi comunidad .. y es algo que he sufrido en carne.. no de un amigo ni conocido... el mi finca ... habia 2 pisos del banco.. entraron ocupas... nosotros legalmente no podiamos sacarlos pq no eramos los propietarios, ni denunciar.. contactamos con el banco y el interpuso una denúncia... bien.... estuvieron 13 meses en ser desocupados.... pero... se engancharon a la luz y agua de la comunidad... y sabes que llegamos a pagar los otros vecinos de la luz y agua de estos angelitos en 13 meses.... 3.200€ ... ale... para que te de igual si ocupan pisos de bancos !!!!
Bueno veo mucho confusión con el tema de "dar dinero al ocupa para que se vaya".. os lo voy a explicar... los desocupadores no pueden sacar a nadie a la fuerza, entonces... informan al ocupa que esta de forma ilegal y le enseñan la denúncia... aquí empieza la negociación,,, primero se evalua si el piso esta en buenas condiciones.. es decir,.. que no lo hayan rebentado (evidentemente el propietario informa de como estaba el piso).. posteriomente, al dueño se le dice que si estaria dispuesto a pagar X cantidad para que se fueran de inmediato,.. si dice que si.. y los ocupas aceptan.. todo OK.. si por lo que sea los ocupas no quieren salir o el dueño no kiere pagarles nada.. se monta un control en la puerta... los X días necesarios.. ese control... tiene un precio... por Hora... entonces igual pagandole 300€ al ocupa, te sale mas barato que pagar un control durante 5 dias hasta que salgan a comprar el pan... una vez salen a comprar el pan..el dueño va, cambia la cerradura y .. todo ok
A veure al que es dirigeix a mi, primera pregunta era vivenda habitada per vosté en que fos just caps de setmana o vacances? Si la pregunta es no no es allanament, era vivenda deshabitada i l'hi tiraren la porta abaix? es usurpació i en aquest cas si que ha d'intervenir un jutje, naturalment que s'ha de denunciar perque sino no intervé ningú, i si es de juliol per lo del Covid va tot retrasat peró un cas meu de incumpliment de contracte que es mes complicat que una usurpació de domicili es va resoldre en 6 mesos, si hagues estat allanament ja els tendria defora perque he de suposar que el seu advocat sap la diferencia i com s'actua en aquests casos, si no ho creu miri les declaracions al respecte del Fiscal en cap de Balears el Sr. Barcelo, el problema son aquests vivendes deshabitades i potada a sa porta e inclus els que estan dins poden haver estat estafats tambñé hi ha mafies que es fan passar per el propietari signen un contracte de lloguer i cobren la fianza i uns mesos de renta