La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha hecho este viernes público el auto en el que autorizaba prorrogar en las Islas 'de facto' el estado de alarma hasta el 23 de mayo.
La postura mayoritaria del tribunal considera proporcionado el toque de queda y la limitación a seis personas de las reuniones en espacios públicos y privados ante la colisión de los derechos de reunión y libre circulación con el derecho a la vida: «Nadie podrá negar que la pandemia, con sus innegables riegos para la salud ha sido y sigue siendo un riesgo para la vida, con lo que es apreciable con naturalidad que está en juego el derecho fundamental a la vida reconocido en la Constitución».
De esta manera, considera que la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública da cobertura suficiente a las medidas que considerea «adecuadamente justificadas y debidamente proporcionadas».
Añade que estamos ante una «limitación» de derechos fundamentales que es válida, en tanto en cuanto existe una colisión con otros y que ha motivado de forma suficiente por la Abogacía de la Comunitat. Rechaza los argumentos de la Fiscalía de Baleres contra el toque de queda y el límite a las reuniones.
El auto recoge un voto particular firmado por las magistradas Esther Ortuño y Carmen Frígola contrarias al toque de queda y a limitar las reuniones. Consideran que la afectación al derecho a la intimidad familiar se ve afectada porque no se justifica que se acote a seis personas, «cuando en otras ocasiones, cuando la situación de crisis sanitaria carecía del progreso científico actual, el Govern balear consentía reuniones en interiores de hasta diez personas». Sobre el toque de queda añaden: «Mantener la limitación de la libre circulación, en los términos planteados, resulta desproporcionado e injustificado, al implicar un sacrificio del derecho de toda la población sin motivar que constituya el único recurso eficaz para la contención de las infecciones, cuando no se han contemplado, alternativas menos drásticas».
Las dos magistradas también consideran desproporcionados los controles en puertos y aeropuertos que, suponen «de manera implícita» la prohibición de entrada en Baleares, «por lo que resulta una medida desproporcionada y desigual que no puede ser autorizada, discriminación que ha sido puesta de relieve por la propia Comisión Europea al Estado Español».
44 comentarios
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El TSJ no tiene ningun poder para autorizar algo que ni siquiera es ley y que vulnera los derechos y libertades del ciudadano. Solo una ley organica del estado que de momento no existe. Podria autorizar un toque de queda cuando no existe ni Estsdo de alarma ni estado de sitio. La constitucion es la ley suorema nacional. Y ni los jueces ni Armengol se la pueden pasar por el forro. ESTADO DE ALARMA A PARTIR DE MAÑANA ES ANTICONSTITUCIONAL. por lo tanto es ilegal. No se entiende que los jueces de Baleares se hayan metido en este charco. Esto no es Venezuela aunque Armengol lo pretenda.
Entre tanta estupidez, de vez en cuando se atisba un mínimo sentido común.
PILLINES, PILLINES. Como os gustan los bares ¿ porque será ? De Iglesias no habláis ni pío ; si están abiertas o cerradas No seáis malillos y acordaros QUE NO SOMOS NADA ( y menos en calzoncillos ).
Nadie discute que haya una pandemia ( bueno los negacionistas si) pero si el gobierno central no hace nada (como durante toda la pandemia) no es tarea del poder judicial el legislar y punto pelota, es la única comunidad donde el TSJ ha pasado de los derechos fundamentales. Enhorabuena
En las carreteras hay miles de muertos anuales y no las cierran.
Alucinante Señorías.
ARTÍCULO 86 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. PÁRRAFO 1: En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que " no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos" regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general. Pero claro, como los del PACTE DE 'POGRES' se pasan nuestra Constitución por donde se la pasan...es lo que hay!
Desde este domingo 9 de mayo, en Andalucía ya no habrá ningún toque de queda, como consecuencia de la caída del estado de alarma, y los negocios de hostelería podrán abrir hasta las 00.00 horas. Asimismo, el ocio nocturno, como los pubs y discotecas, reabren sus puertas tras más de un año cerrados, con un horario hasta las 2 de la madrugada.
ANDALUCÍA,CORONAVIRUS,GRANADA Andalucía no tendrá toque en la noche de este sábado y permitirá la apertura de bares hasta las 00.00 horas
Ya, y lo más fácil es coartar las libertades de la ciudadanía...por qué no salen nuestros gobernabtes a comprar vacunas como han hecho en ottos países?