Antes del trayecto estaba previsto un viento de fuerza 4/5 y con marejada.

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Una excursión en barco por Mallorca de la selección suiza de natación sincronizada ha terminado, una década después, en una condena de la Audiencia Nacional a la empresa encargada por una infracción grave. La Dirección General de la Marina Mercante impuso una multa de 60.000 euros a la compañía por los graves incidentes que se produjeron durante el trayecto cuando se desató una fuerte marejada y el propio capitán declaró: «Sabía que en cualquier momento el barco metería la proa y se hundiría. Solo cabe dar gracias a Dios de que ese día no ocurriese una desgracia mayor».

Los pasajeros que denunciaron, con la selección deportiva a la cabeza, relataron que ya de salida el mar estaba movido pero que lo peor fue a la vuelta. Descargó una tormenta con olas de dos metros y medio. Los turistas pidieron volver de forma inmediata. El patrón primero se puso al abrigo en un cabo y más tarde llamó a otra embarcación de la misma empresa para que rescatara al pasaje sin llegar a alertar a Salvamento Marítimo.

El patrón denunció más tarde a la empresa y dijo que se les obligaba a zarpar aún con mala mar, a mentir sobre el número de pasajeros y a navegar a una velocidad superior a la permitida. A partir de ahí se inicia el expediente sancionador a la empresa que se zanja con la multa y que termina en la Audiencia Nacional por un recurso de la compañía. La empresa alegaba que la tormenta fue un imprevisto.

Sin embargo, los jueces consideran proporcionada la multa ante la situación de riesgo que se provocó. «La decisión de la empresa de realizar la excursión o bien de no suspenderla y recalar en un puerto seguro puso en peligro la embarcación y al pasaje», señalan.

Consideran que se agrava la situación de «riesgo objetivo» por salir con un viento de fuerza 4/5 y con marejada que «implica la asunción de un peligro que puede ser asumido por un profesional de la navegación, pero no por un grupo de turistas entre los que se encontraban personas menores de edad». La sentencia considera «evidente la falta de previsión y diligencia de la empresa» y suma un segundo episodio: el del transbordo del pasaje sin llegar a avisar a Salvamento Marítimo, «que no debieron asumir los pasajeros».