Un juzgado de Palma ha condenado a un año de prisión a un notario, ya jubilado, por un delito de alzamiento de bienes del que fue víctima el socio con el que compartió hasta 2009 despacho profesional en el centro de Ciutat. El acusado, José Andrés Herrero de Lara, vendió o se deshizo de los bienes más importantes que estaban a su nombre a pesar de que acumulaba una deuda de 723.000 euros con la víctima desde hacía años que el perjudicado ya le reclamaba en los juzgados. La magistrada concluye: «El acusado, por su profesión de notario ejerciente, era necesariamente conocedor de la necesidad de responder con su patrimonio personal de las deudas y realizó dos actos absolutamente fraudulentos».
Condenado un notario por «actos fraudulentos» para evitar una deuda
La jueza impone un año de cárcel por las maniobras, cuya víctima era su socio de notaría en Palma
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7 comentarios
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La tecnología permitiría hoy sustituir los notarios por una blockchain.
¿Y por qué escriben "actos fraudulentos", entre comillas? ¿Es que acaso eran actos fraudulentos, pero, como si dijéramos, no genuinamente fraudulentos-fraudulentos? ¿O acaso no eran actos? ¿A partir de ahora se escribirá que alguien ha sido condenado por "robo" o "estafa"? Me tiene "intrigado", la "verdad".
Entre pillos anda el juego.
Madre mía ni de los notarios puede fiarse uno.
Y tampoco en nombrar el abogado defensor. Cuando se trata de abogados de renombre, se publican sus nombres. Parece una publicidad encubierta.
Observo que no hay ningún reparo en poner nombre y apellidos del condenado. ¿Por qué no se hace con todos los condenados?