El Juzgado, y ahora el Tribunal Superior, entiende que el suceso reúne todas las condiciones para ser considerado un accidente laboral 'in itinere'. | Redacción Local
Palma08/01/22 11:20
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha dado la razón a un trabajador al que no se le reconoció como accidente laboral una lesión sufrida en el momento en el que se bajaba de su vehículo, tras aparcar en su domicilio, al volver del trabajo. En concreto, el TSJIB ha desestimado el recurso presentado por la mutua contra la sentencia del Juzgado de lo Social que ordenaba considerar el accidente como laboral.
2 comentarios
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La SS, debería saber que los accidentes en los trayectos de ida y vuelta del lugar de trabajo esràn considerados "accidentes laborales" según la Ley