Protesta reciente de vecinos de Son Sardina contra un proyecto de urbanización en el barrio, contemplado en el nuevo PGOU de Palma. | Emilio Queirolo

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El nuevo decreto que regula el funcionamiento de la Comissió de Medi Ambient de les Illes Balears establece que un mínimo de 300 firmas puede obligar a celebrar un acto público de explicación de cualquier proyecto sometido a información ambiental. El decreto no sólo prevé esta posibilidad. Cualquier administración que tramite un plan, programa o proyecto que tenga que ser objeto de una evaluación ambiental llevará a cabo un acto público informativo si lo considera necesario por su trascendencia social. Hasta aquí, no sería una obligación. Sin embargo, Antoni Alorda, presidente de la Comissió de Medi Ambient, explica que «el acto público deberá celebrarse si la Comissió lo plantea, si el ayuntamiento afectado por el proyecto así lo solicita o si se presentan 300 firmas durante el plazo de información pública de la iniciativa en cuestión».

Concretamente, el acto de presentación o explicación del proyecto se realizará de manera simultánea o inmediatamente posterior al trámite de información pública. No necesariamente deberá ser presencial, por lo que podrá celebrarse telemáticamente, o de ambos modos a la vez.    En caso de hacerse después de la información pública, el plazo de ésta se prorrogará en diez días a partir del día siguiente de la realización del acto informativo.

Participación

Alorda señala que «no sabemos si es una medida novedosa en España. No conozco ningún precedente, pero desde la Comissió consideramos que es una iniciativa que favorece la transparencia y la participación. El acto deberá ser organizado siempre por la Administración tramitadora o aprobadora del proyecto. Si se trata de un proyecto de iniciativa privada, no entramos a determinar si ésta debe participar en el acto público de presentación».

Antoni Alorda recuerda que «ya hay administraciones que organizan este tipo de presentaciones. Es muy frecuente que un ayuntamiento que redacta un plan general celebre un acto público de información, pero hasta ahora no era obligatorio en ningún caso. En el caso de un proyecto privado, por poner un ejemplo, si un promotor planifica una urbanización, la Comissió, el ayuntamiento o la entrega de 300 firmas pueden obligar a la celebración de un acto público de presentación o explicación».

Otra cuestión en la que no entra la Comissió es quién debe, por decirlo de algún modo, dar la cara en el acto público. El presidente de la entidad señala que «no establecemos si debe ser el político responsable o un técnico, o ambos a la vez. Es habitual en estos casos que sea el político acompañado por un técnico, pero no precisamos ese detalle».

El apunte

Herramienta para plataformas sociales y vecinales

Para Antoni Alorda, «esta iniciativa podría generalizarse fuera de las tramitaciones ambientales, que siempre han sido pioneras y han ido un paso por delante en lo que se refiere a transparencia. En Mallorca, hay una tradición de plataformas sociales y vecinales muy participativas y movilizadas frente a proyectos públicos o privados. Los ciudadanos cuentan a partir de ahora con una herramienta que les permite exigir un acto público informativo».