Esta ayuda sólo se puede pedir electrónicamente. | istockphoto.com

TW
13

Una parte del bono de 200 euros que concederá el Consell de Mallorca se tendrá que devolver en la declaración de la renta del ejercicio en el que se reciba el dinero. Desde la institución insular han precisado que «todas las ayudas que no se consideran prestaciones están sujetas a una retención». En este punto, han asegurado que cada beneficiario devolverá en función de su renta personal y han puntualizado que se trata de una ayuda por unidad familiar, por lo que cada integrante de la unidad familiar deberá declarar la parte correspondiente.

Antonio Gallardo, economista de Futurfinances, ha calculado que por cada bono se tendrán que devolver 38 euros en la declaración de la renta, puesto que se trata de subvenciones y ayudas y, como tales, tienen la consideración de ganancias patrimoniales. En este caso concreto, al ser inferiores a 6.000 euros, se les aplica una retención del 19 %; de ahí salen los 38 euros, que se tendrán que repartir entre todos los miembros de la unidad familia beneficiada con el citado bono. «Al ser una cantidad que no está ligada a un elemento patrimonial y tampoco es rendimiento de trabajo o de alguna actividad económica -como la que hacen los autónomos- es una ganancia patrimonial, y como tal, al ser inferior a 6.000 euros el importe a tributar será el 19 % de lo recibido», ha argumentado el citado economista.

Noticias relacionadas

Es importante que las personas que reciban este bono de 200 euros del Consell de Mallorca lo tengan en cuenta a la hora de rendir cuentas con Hacienda. En concreto, en la declaración de la renta la correspondiente a 2022 para aquellos que lo perciban este mismo año y que se tiene que realizar en 2023; o bien, la de 2023, que se deberá presentar en el ejercicio 2024.

¿Quiénes pueden solicitar el bono de 200 euros?

Este bono lo pueden solicitar las familias con rentas inferiores a 40.500 euros brutos anuales. Además, es preciso estar empadronado en un municipio de Mallorca, como mínimo desde hace un año; y sólo se puede pedir un bono por unidad familiar. También es necesario tener a cargo a una persona conviviente de hasta un segundo grado (hijos, padre o madre, abuelos, nietos, hermanos) u otra persona dependiente económicamente con un vínculo de tutela, acogida permanente o adopción; así como ser dos personas convivientes con un vínculo matrimonial o de unión estable de pareja.

Las personas interesadas en solicitar esta ayuda pueden hacerlo en la web IMASmallorca.net/boperalesfamilies hasta el próximo 11 de noviembre. Sólo se pueden presentar electrónicamente y para ello será necesario disponer de DNI electrónico, certificado digital o sistema clave (pin 24h o Cl@ve permanente). Los demandantes tendrán que presentar una declaración responsable manifestando que cumplen los requisitos y que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias. Con la solicitud tendrán que autorizar al Consell a consultar su información tributaria y empadronamiento o aportar ellos mismos esa documentación. En el caso de que surjan dudas, la institución insular ha habilitado un teléfono gratuito de atención a la ciudadanía, el 900 100 444; está operativo de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas.