Todas aquellas sentencias en las que la Fiscalía estaba en contra de una revisión a la baja se han recurrido, salvo dos casos.
De este modo, la cifra total de condenados por delitos sexuales que se han beneficiado ya en sus penas por la ley del 'solo sí es sí' ascendería a al menos 348 personas en toda España, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma.
En Baleares, en noviembre la Audiencia Provincial ordenaba la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración ttras revisar dos casos afectados por la nueva Ley. Fue el primer caso que trascendió en la Comunidad.
El criterio del supremo
El Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el 'caso Arandina' que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo.
El alto tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del 'caso Arandina' y condenó a 9 años de cárcel -y no a 10, como pedía la Fiscalía- a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del 'solo sí es sí'.
Los magistrados elevaron las penas -desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.
El Supremo ha rebajado ya 9 penas de prisión relativas a delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha conllevado una excarcelación en el País Vasco. El Gobierno ya trabaja en una reforma de la Ley para resolver los «efectos indeseados» de la rebaja de condenas a agresores sexuales. El PSOE asegura que su propuesta «no toca el artículo del consentimiento».
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