Una terraza de un establecimiento de hostelería. | Europa Press

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Consumidores y Usuarios de Baleares (Consubal) ha informado este martes de que los establecimientos no pueden cobrar suplementos que no estén indicados en la carta o de los que no se haya informado previamente, por lo que los consumidores pueden negarse a pagarlos.

En un comunicado, la entidad ha asegurado que están aumentando el número de consultas y reclamaciones de consumidores que se ven obligados a abonar suplementos en bares y restaurantes por servicios o complementos que se les han ofrecido sin advertirles de que tenían un sobrecargo.

Por su parte, el presidente de Consubal, Alfonso Rodríguez, ha explicado que, por ejemplo, es muy común que haya establecimientos que al llegar ofrezcan a los comensales pan, aceitunas y alioli sin informar de que tienen un coste extra y que, además, no figuran en la carta o lista de precios.

En este caso, han criticado que el hecho de que los restaurantes ofrezcan estos alimentos sin que se advierta que tienen un coste extra induce a pensar que es cortesía de la casa, por lo que el coste extra de hasta tres euros por comensal al recibir la cuenta es inesperado.

Otro ejemplo que Rodríguez ha detallado es el caso de que, al pedir un café con hielo, se cobre un suplemento por el hielo, siendo en algunos casos de hasta 20 céntimos por cubito, una cantidad que se descubre al abonar la cuenta y de la que no se advierte, por lo que no sería licito su cobro.

En estos casos, Consubal ha recomendado a los consumidores solicitar la hoja de reclamaciones, ya que, según ha subrayado, no es lícito cobrar servicios o complementos que no figuren en carta, en lista de precios o de los que no se haya advertido al consumidor de su coste extra previamente.