El acusado tenía que formar parte de una mesa electoral en Palma como vocal. | Quique García

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Tres meses y un día de cárcel por faltar a la mesa electoral. Un hombre de 55 años de edad que fue llamado para ser vocal en un colegio del Coll d’En Rebassa en las Elecciones Generales del año pasado asumió este lunes que cometió un delito electoral con su ausencia a la cita sin ningún tipo de justificación y una pena de prisión que, por el momento quedará suspendida.

El acusado reconoció que, aunque había sido notificado de forma correcta por la Policía Local de Palma dos semanas antes de la cita electoral, no hizo ningún tipo de actuación para excusar su ausencia y se limitó a no personarse. Su defensa antes había alcanzado un acuerdo con la Fiscalía que rebajó su petición inicial de seis meses de prisión a la mitad, la pena con la que el acusado se conformó. En cualquier caso, el cumplimiento de la condena queda suspendido con la condición de que no cometa ningún delito en un plazo de dos años.

Esta es la primera condena que se produce a partir de la oleada de denuncias por delito electoral que siguió a los procesos electorales celebrados el año pasado: locales y generales. La Junta Electoral decidió llevar a la Fiscalía las reiteradas ausencias que se produjeron en los colegios electorales por parte de ciudadanos que habían sido llamados por sorteo para formar parte de las mesas y que dificultaron el proceso de constitución de las mismas. En total son cuatro decenas de ciudadanos que fueron denunciados ante la Fiscalía y que han terminado como investigados en los juzgados de Instrucción de Palma. En los próximos meses, todos los que no hayan podido acreditar una causa que justifique esa ausencia, tendrán que pasar por el banquillo de los acusados.

En los otros dos juicios que se han celebrado hasta ahora no hubo conformidad. Una mujer fue absuelta porque pudo demostrar que sí que fue al colegio electoral y que pasó toda la jornada como vocal de una mesa. Sin embargo, no fue en la que se le había asignado sino en otra por una equivocación suya y del resto de la mesa. En el otro caso, que está pendiente de sentencia, la acusada argumentó que se marchó con permiso del presidente de la mesa porque no se encontraba bien de salud por una herida en un ojo. En estos casos, la petición de condena por parte de la Fiscalía era la imposición de multas, una de las dos posibilidades que contempla la normativa electoral para las ausencias, aunque también es posible la imposición de penas de cárcel.