Aquel artículo andaluz chocaba, según el Constitucional con la normativa de suelo estatal al permitir usos residenciales en rústico. En la sentencia se ponía de manifiesto que la normativa autonómica debe respetar los criterios fijados por la norma estatal. El informe del GOB señala que el decreto-ey balear «permite la incorporación de edificaciones ilegales sin establecer cautelas específicas», lo que incurriría en el mismo problema que la que fue anulada en febrero.
Los juristas que han elaborado el documento apuntan cuatro posibles colisiones del ‘decreto omnibus' con normas superiores. En todos hay un elemento en común: el uso del procedimiento de decreto-ley por primera vez para una actuación similar en lugar de una tramitación parlamentaria ordinaria. El informe considera que se infringe el requisito de «extraordinaria y urgente necesidad» que justificaría saltarse el trámite parlamentario. Recuerda que el anterior intento de amnistía urbanística, durante el Govern Bauzá, sí se tramitó como ley.
Sobre la amnistía de viviendas ilegales, plantea que suponen un agravio comparativo y una infracción del atículo 9 de la Constitución. Penaliza, razonan a quienes construyeron ateniéndose a parámetros legales. También con quienes han sido sancionados con multas de entre el 100 y el 250 por ciento del coste de ejecución de la obra cuando, para legalizar, bastaría abonar el diez. Otro de los motivos de inconstitucionalidad se encuentra en la supresión de normas proteccionistas, lo que colisionaría también con legislación estatal y con directivas europeas.
Recursos
El caso de Baleares no es único y el gobierno estatal ha anunciado recursos contra normativas que suprimen trámites urbanísticos en otras comunidades, de nuevo en Andalucía, donde también se han promovido un recurso por parte de diputados de grupos de izquierdas.
El abogado y profesor de la UIB Juan Alemany, defiende que se trata de una norma constitucional dado que se trata de un procedimiento extraordinario que busca dar una solución, en lo que toca a la amnistía, a viviendas que están ahora mismo en un limbo judicial: no pueden ser sancionadas, pero tampoco ser empleadas de forma normal. «SE legaliza para que tenga las mismas condiciones». Eso sí, expresa dudas sobre el procedimiento para la aprobación de la norma: «Quizá no sea un decreto-ley y tendrá que ser aprobada en un momento dado por una ley parlamentaria que puede matizar algunos artículos que pueden ser contradictorios entre sí».
5 comentarios
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Es que en Andalucia son muy listillos. Ahora proponia ALGUIEN del P P subir las dietas porque no llegan a fin de mes.....................
El GOB como siempre metido en todo menos en la suyo, gente que vive de ayudas o que tiene la vida solucionada.
Ahora mismo las sentencias del TC no gozan de mucha credibilidad. Se ha convertido en un órgano político al servicio de ideologías. El problema radica en que sus sentencias son ley, y eso puede hacer mucho daño a ka democracia.
Pues claro que si, que os habeis creido; eso solo se podrá hacer en Catalunya y cuando lo pida Junts, nada más.
Gràcies GOB. Els illencs vos hem d'agrair molt la vostra feina