¿Qué supone la ampliación de las instalaciones?
Es un paso significativo en nuestro compromiso con la región y nuestros clientes. La renovación integral de nuestros espacios nos permite ofrecer un entorno de trabajo más moderno, amplio y eficiente para el equipo, y también refuerza nuestra capacidad para atender a un mayor número de clientes con una planta exclusivamente dedicada a ellos.
¿Cuál es el perfil de sus clientes en Balears?
Es muy diverso, abarca desde grandes corporaciones multinacionales de origen familiar hasta empresas de tamaño medio con presencia local, así como clientes privados, en su mayoría extranjeros. Atendemos fundamentalmente al sector turístico y de ocio, aunque también nos dedicamos a sectores como el inmobiliario y el financiero, entre otros. Nuestros clientes buscan asesoramiento jurídico de alta calidad y confían en nuestra experiencia y profundo conocimiento del mercado local. Esta diversidad nos permite ofrecer un servicio integral y adaptado a las necesidades específicas de cada cliente, con el respaldo de una firma como Cuatrecasas, con más de 1.500 profesionales y más de 100 años de historia.
¿La situación de la vivienda en las Islas se traduce en más litigios?
No especialmente. Es evidente que el conflicto en torno a la vivienda en Balears es uno de los temas de actualidad más candentes, lo cierto es que el sector inmobiliario en el que enfocamos nuestro asesoramiento se ha mantenido relativamente estable. En todo caso, hay que tener en cuenta que Balears es, desde hace muchos años, una de las plazas más importantes del país en lo que se refiere a transacciones inmobiliarias, factor que provoca un aumento asociado de litigación inmobiliaria y de construcción. Por tanto, el volumen de pleitos es ya, de por sí, muy alto.
El Supremo resolverá en diciembre los primeros casos por indemnizaciones adicionales por despido.
¿Puede saltar por los aires el modelo actual?
El Tribunal Supremo tiene en sus manos la posibilidad de cambiar el panorama de las indemnizaciones por despido en España. Si decide aceptar un mecanismo que permita acordar indemnizaciones adicionales a las legalmente tasadas, podría desestabilizar el modelo actual, que se basa en criterios claros, seguros y predecibles. Esto generaría una mayor inseguridad jurídica tanto para las empresas como para las personas trabajadoras, ya que cada caso podría terminar en compensaciones muy diferentes y variadas, siempre según el criterio del juzgador. Además, aumentaría la litigiosidad, ya que los trabajadores tendrían más incentivos para llevar sus despidos ante los Juzgados de lo Social en busca de mayores compensaciones.
El Consejo Social Europeo recomendaba esa mayor flexibilidad. ¿Es necesario incrementar las indemnizaciones en algunos casos?
Esa recomendación podría tener efectos contraproducentes. Una reforma del Estatuto de los Trabajadores que tenga como finalidad incrementar las indemnizaciones podría desincentivar la contratación, especialmente en sectores con alta rotación de personal como el turístico y hotelero. El sistema actual ya ofrece una compensación justa basada en la antigüedad y el salario del trabajador. Introducir mayores indemnizaciones sujetas a las circunstancias de cada despido podría aumentar los costes laborales, incrementar la incertidumbre y afectar negativamente a la competitividad de las empresas españolas, sin necesariamente mejorar la protección de las personas trabajadoras.
¿Es posible que haya empresas que anticipen despidos antes del fallo del Supremo?
Ciertamente, es probable que ante un escenario de incertidumbre, algunas empresas consideren anticipar extinciones contractuales antes de una posible reforma de la indemnización por despido. Las inconsistencias y el debate doctrinal y sobre todo político que han seguido a la decisión del Consejo Social Europeo pueden llevar a las empresas a medidas preventivas para evitar posibles aumentos en los costos de despido. Esta reacción es, en cierta medida, comprensible ya que las empresas buscan minimizar riesgos financieros y mantener su estabilidad económica en un entorno regulatorio que, en nuestro ámbito, resulta cada vez más cambiante.
¿Ha aumentado la conflictividad por no superar el periodo de prueba en los contratos?
Sí, se ha observado un aumento significativo en la conflictividad relacionada con la no superación del periodo de prueba en los contratos. Este incremento se debe a que muchas empresas están utilizando el periodo de prueba como una forma encubierta de contratación temporal, debido a las importantes limitaciones introducidas por la reforma laboral aprobada en diciembre del año 2021. Además, se están emitiendo pronunciamientos judiciales que declaran la nulidad de estas extinciones cuando se demuestra que la verdadera razón del cese por no superación del periodo de prueba era la situación de baja por enfermedad de la persona trabajadora. Esta situación no solo afecta a la estabilidad laboral, sino que también incrementa la carga de trabajo en los tribunales laborales, que deben resolver un mayor número de disputas relacionadas con esta modalidad extintiva, la cual hasta el momento no resultaba en absoluto problemática.