Asumir las causas por delitos sexuales cometidos fuera del ámbito de la pareja supondría aumentar el número de asuntos y la complejidad de los que llegan a los Juzgados de Violencia. En la imagen, un detenido por un delito sexual, en los juzgados de Via Alemania de Palma. | Alejandro Sepúlveda

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La Ley de Eficiencia Judicial amenaza con desbordar los juzgados de Violencia de Género. La normativa, que fue publicada la semana pasada en el BOE, preocupa a los titulares de estos órganos judiciales porque, en un plazo de nueve meses, tendrán que asumir la instrucción de todos los delitos sexuales cuyas víctimas sean mujeres, con independencia de que el autor sea pareja o no de la víctima. En la práctica supone una inyección muy importante en el número de causas que estos órganos manejan. Solo en Palma, cada uno de los doce juzgados de instrucción se reparte alrededor de una treintena de estos asuntos cada año. Esas 400 causas ahora quedarían concentradas solo en tres juzgados. Si en Palma supone un problema, este se multiplicaría en Manacor o Inca, donde no existe un juzgado exclusivo sino que es un único de instrucción el que asume las labores de violencia de género.

En ambos partidos judiciales, el juzgado especializado ha tenido que ser reforzado ante el elevado número de asuntos que maneja. En Palma, la situación ha mejorado con la apertura del tercer juzgado especializado pero, asumir esas instrucciones a mayores, volvería complicar mucho su situación. El cambio en la competencia sin variar el número de jueces responsables ha recibido quejas no solo en Baleares sino en la mayoría de los juzgados afectados.

Baleares es la comunidad autónoma que junta tanto la tasa más alta de delitos de violencia de género como la más elevada de delitos sexuales. Más de 8,8 por cada 10.000 mujeres, según los datos del Ministerio del Interior y además especialmente concentrados en verano.

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El magistrado Joaquín Andrés, el más antiguo al frente de un juzgado especializado en Palma y miembro de la Sala de Gobierno del TSJIB, señala que la queja no se refiere a la atribución de estos asuntos. «Está en la línea del Convenio de Estambul», sino en que se produzca sin un refuerzo en el número de magistrados. En especial se teme por una complicación de las guardias que desarrollan estos juzgados semanalmente, ante la complejidad de las tomas de declaración de las víctimas y los denunciados. Los funcionarios de estos órganos no reciben hasta ahora compensaciones por estas guardias. «Esperemos que haya una actuación proactiva y no reactiva. Que haya una intervención antes de que la cosa vaya mal», dice.

Con todo, la principal novedad que marca la nueva ley es que, antes de finales de este año desaparecerán los 103 juzgados unipersonales que hay en Baleares y se transformarán en Tribunales de Instancia. Habrá un órgano de este tipo en cada partido judicial con diferentes secciones: Civil, Instrucción, Familia, Mercantil, Violencia, Penal, Menores, Vigilancia Penitenciaria, Contencioso-Administrativo y Social. En lugar de un juzgado por juez, con un letrado de la administración de justicia y una plantilla de funcionarios adscrita, la oficina será común para cada sección.

Aunque el desarrollo de la norma está pendiente aún de que el Ministerio elabore una serie de decretos, la publicación fija un calendario: en octubre deberían funcionar los primeros Tribunales de Instancia de Baleares y, los de Palma, más complejos, antes del 31 de diciembre de 2025. La normativa también incluye cambios de calado en otros ámbitos, como en la jurisdicción Civil, al establecer la obligación de acudir a una mediación como requisito antes de interponer una demanda.