La Sala Especial del Tribunal Supremo ha rechazado por mayoría los
incidentes de recusación presentados por el juez Javier Gómez de
Liaño contra los tres magistrados del Supremo encargados de
juzgarle por presunta prevaricación en el «caso Sogecable».
La decisión, que no contó con el apoyo de 5 de los 16
magistrados, se basó en el carácter «extemporáneo» del escrito de
recusación contra los magistrados del Supremo, Gregorio García
Ancos, Enrique Bacialupo y José Manuel Martínez Pereda. La Sala
especial del Tribunal Supremo prevista en el artículo 61 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial consideró que la recusación contra los
tres magistrados fue presentada fuera de los plazos establecidos y
«en un momento procesal no adecuado».
El juez Javier Gómez de Liaño recusó el pasado 25 de febrero a
los tres miembros de la Sala de lo Penal del Supremo que
ratificaron su procesamiento por prevaricación y dictaron auto de
apertura de juicio oral contra él, que son Gregorio García Ancos,
Enrique Bacigalupo y José Manuel Martínez Pereda.
Liaño entiende que han perdido la imparcialidad objetiva para
juzgarle por haber dictado dichas resoluciones. En el caso de
Bacigalupo, le recusa también por «amistad íntima» con el abogado
de Sogecable, Antonio González Cuéllar, y por interés directo o
indirecto en la causa.
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