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El fiscal entiende que la diligencia emprendida por Garzón es «inútil» e «innecesaria», ya que un arbitraje en nada afectaría al procedimiento judicial que se sigue contra Pinochet, al no estar contemplado en nuestro ordenamiento jurídico.

El recurso destaca que la Constitución reserva al Estado la competencia exclusiva sobre las relaciones internacionales, por lo que si el Gobierno consiente o no el realizar un arbitraje amistoso con otras naciones no sería un acto que pueda ser sometido a la jurisdicción penal.

Firmado por el fiscal Pedro Rubira, el escrito destaca que un acto de esa índole «no es jurisdiccional, ni afecta a la independencia judicial, por cuanto dicho arbitraje, en caso de ser cierto, o de llevarse a cabo, en nada afecta al procedimiento, que como es conocido, el mismo sólo puede finalizarse conforme dispone nuestro ordenamiento jurídico, el cual no contempla el arbitraje amistoso».

En cuanto a la petición de Garzón a Matutes de si ha pedido dictamen al Consejo de Estado sobre el arbitraje, el fiscal responde que «en nada afecta a la investigación judicial el que las autoridades administrativas recaben dictamen al Consejo de Estado; o por lo menos, en esta resolución judicial no se expresa en qué afectaría a la independencia judicial dicha petición».

Además, considera improcedente la forma en que el juez Garzón se ha dirigido a Matutes, por entender que ha vulnerado la ley procesal y cree que «este grave quebranto de las normas y garantías procesales» debería ser suficiente para revocar la providencia dictada, y dejar sin efecto las diligencias acordadas, pero también agrega argumentos referidos al contenido de las mismas.

Añade que son «inútiles e innecesarias» las peticiones de información de Garzón a Matutes sobre unas supuestas declaraciones del ministro al periódico chileno «El Mercurio», que el juez solicitó para comprobar si se podía haber vulnerado el secreto de las actuaciones judiciales al facilitar el Gobierno español al chileno documentos del caso.