El órgano de gobierno de los jueces dio el visto bueno al texto del
Gobierno que establece, entre otras cosas, que «será declarado
ilegal el partido que vulnere los derechos fundamentales» y que
«voluntariamente» se sitúe fuera del sistema democrático, aunque
propone mejoras técnicas. Uno de los votos particulares será
formulado hoy por los vocales que votaron en contra del informe
"los siete designados a propuesta del PSOE y el de IU" que expondrá
que sólo puede ser el fiscal el legitimado para instar a la
disolución de un partido y la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo
la competente para resolverlo. Además, estos consejeros estiman que
la ley permite «una lectura retroactiva de la ley, es decir, una
aplicación de la misma a hechos ocurridos antes de su entrada en
vigor», lo que en este caso, «tal medida sería rotunda y obviamente
inconstitucional».
El otro voto particular será presentado por el vocal designado a
propuesta de CiU, que votó en blanco durante el Pleno
extraordinario celebrado sólo para aprobar este informe, ya que
concluía el plazo que el Ejecutivo dio al órgano de gobierno de los
jueces para emitir su informe que es preceptivo, pero no
vinculante. Los once votos que avalaron el informe del CGPJ "el
presidente y los diez vocales nombrados a propuesta del PP"
consideran que el Pleno ha aprobado un informe que valora
favorablemente el anteproyecto del Gobierno. Así lo explicó Enrique
López, portavoz del Consejo y uno de los vocales que votaron a
favor, quien opinó que «el informe valora el hecho de que se
refuerce el Estado de Derecho y la Democracia contra aquellos
partidos políticos que pretenden atacarlo».
Consideró «un instrumento eficaz» el catálogo de conductas que
propone el anteproyecto, la legitimación del Gobierno, del fiscal,
de 50 diputados o 50 senadores para instar el procedimiento y la
competencia de la Sala Especial del Supremo para resolverlo.
Además, gran parte del debate de este Pleno se centró en la
retroactividad o no de la ley cuando se refiere a que se tendrán en
cuenta las actuaciones practicadas por sus dirigentes a la hora de
apreciar y valorar las actividades a ilegalizar y la continuidad o
repetición de las mismas. Para los vocales que votaron en contra,
esta formulación «permite una lectura retroactiva de la ley», que
no pueden tener las normas sancionadoras según la Constitución.
En este sentido, el presidente de la Comisión de Estudios,
Adolfo Prego, señaló que hasta ayer estos vocales no habían
planteado estas dudas y explicó que «la ley no es retroactiva»,
pero permite «tomar en consideración comportamientos pretéritos»
para valorar la ilegalización de un partido. Prego opinó que el
anteproyecto defiende la Democracia y que no intenta «eliminar
partidos por sus ideas». Respecto a la abstención, que correspondió
al vocal de consenso entre PSOE y PP, el portavoz dijo que lo había
hecho porque no quería emitir su voto ni a favor ni en contra.
El otro ponente del informe, Luis Aguiar, y uno de los que
votaron en contra, señaló que expondrán en el voto particular las
«serias dudas de inconstitucionalidad» que a su juicio presenta el
anteproyecto, porque dijo «tratándose de una norma sancionadora es
ambigua, imprecisa y con conductas débilmente definibles». Para
Aguiar, con estas discrepancias «no se trata de poner chinas en el
camino, sino de perfeccionar un proyecto de ley muy importante», y
dijo que pretenden explicar «las sombras de inconstitucionalidad
del proyecto que se nos remitió». En este sentido, otra de las
vocales que votaron en contra, Montserrat Comas, opinó que «el
debate no se ha producido entre mayorías y minorías, sino entre
juristas con el objetivo de mejorar una ley para proteger la
Democracia».
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