El Tribunal Supremo ha condenado al Consejo del Poder Judicial a
indemnizar a los presidentes del Tribunal Superior de Justicia de
Catalunya, el mallorquín Guillem Vidal Andreu, y de Cantabria,
Francisco Javier Sánchez-Pego, por no autorizarles para impartir
clases, lo que estima que es compatible con sus cargos. En dos
sentencias, el Supremo establece que los presidentes de los
tribunales superiores, como cualquier otro magistrado, pueden
desarrollar actividades docentes siempre que no menoscaben «el
estricto cumplimiento de los deberes judiciales o comprometan su
imparcialidad».
De esta forma, el Supremo anula dos acuerdos del Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ) mediante los que se desestimaron sus
peticiones de compatibilidad para estas tareas docentes, por ser
presidentes de los tribunales superiores y le condena a que les
indemnice en las cantidades que habrían percibido por impartir
estas clases.
En concreto, al presidente del tribunal catalán, el Supremo
declara su derecho a impartir clases dos horas semanales en el
curso de Derecho Penal en el Centro de Enseñanza Superior «Abat
Oliva» en el curso 2000-2001. Sin embargo, le deniega la
autorización para participar en el Master en Abogacía y Asesoría de
Empresas, para lo que el presidente no concretó ni el horario ni
los días en los que iba a desarrollar sus labores docentes.
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