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El Tribunal Supremo ha condenado al Consejo del Poder Judicial a indemnizar a los presidentes del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, el mallorquín Guillem Vidal Andreu, y de Cantabria, Francisco Javier Sánchez-Pego, por no autorizarles para impartir clases, lo que estima que es compatible con sus cargos. En dos sentencias, el Supremo establece que los presidentes de los tribunales superiores, como cualquier otro magistrado, pueden desarrollar actividades docentes siempre que no menoscaben «el estricto cumplimiento de los deberes judiciales o comprometan su imparcialidad».

De esta forma, el Supremo anula dos acuerdos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) mediante los que se desestimaron sus peticiones de compatibilidad para estas tareas docentes, por ser presidentes de los tribunales superiores y le condena a que les indemnice en las cantidades que habrían percibido por impartir estas clases.

En concreto, al presidente del tribunal catalán, el Supremo declara su derecho a impartir clases dos horas semanales en el curso de Derecho Penal en el Centro de Enseñanza Superior «Abat Oliva» en el curso 2000-2001. Sin embargo, le deniega la autorización para participar en el Master en Abogacía y Asesoría de Empresas, para lo que el presidente no concretó ni el horario ni los días en los que iba a desarrollar sus labores docentes.