La Junta Electoral Central precisó ayer su resolución sobre los
mensajes con connotaciones políticas en la jornada electoral. Así,
el «No a la guerra» (aunque no lo cita) y similares sólo lo tendrán
expresamente prohibido los interventores y apoderados. Lo que no
está permitido en los colegios electorales y sus inmediaciones es
hacer «propaganda electoral».
El presidente de la Junta Electoral Central, Enrique Cancer,
mantuvo los principios de la resolución. Aseguró que el acuerdo se
basa «en la prohibición legal de que en los locales de las
secciones electorales y sus inmediaciones se pueda realizar
propaganda electoral de ningún género».
Aunque no se menciona expresamente el mensaje de «No a la
guerra», detonante de la polémica, se da a entender que este lema
no está afectado, ya que no es de forma estricta propaganda
electoral en favor de partido alguno. También queda claro que la
resolución no afecta a los votantes en general.
Quienes sí tienen expresamente prohibido la utilización de lemas
o mensajes que directa o indirectamente puedan ser constitutivos de
campaña electorales a los interventores y apoderados que
representan a las formaciones políticas en la jornada de votación.
Así, sólo podrán ostentar emblemas o símbolos que permitan su
identificación como representante de dicho partido.
Fuentes parlamentarias aseguraron que esta aclaración se
fundamenta en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Régimen
Electoral, en el que también se precisa que es el presidente de la
mesa electoral quien debe tomar las medidas que considere oportunas
para garantizar la prohibición de propaganda.
En cualquier caso, la Junta tratará de nuevo hoy sobre la
posible exhibición de lemas como el «No a la guerra» en los
colegios electorales y sus inmediaciones durante la jornada
electoral del próximo 25 de mayo, a instancias de algunos vocales
que están dispuestos a reabrir el debate.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.