Una sentencia ha declarado nulas la mayoría de las cláusulas de
varios contratos bancarios de BBVA, SCH, Caja Madrid y Bankinter ya
que entiende que son «abusivas y nulas». La Organización de
Consumidores y Usuarios (OCU) había denunciado algunas condiciones
impuestas para abrir cuentas corrientes y obtener tarjetas de
créditos, préstamos personales y préstamos con garantía hipotecaria
que consideraban perjudiciales para los clientes.
El Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha emitido
una sentencia en la que declara la nulidad radical de 10 de las 17
cláusulas de contratos de entidades financieras denunciadas en
enero por la OCU, que consideraba que éstas eran perjudiciales para
el consumidor. La sentencia, que no es firme, ya que las entidades
demandadas ya han anunciado su voluntad de recurrirla, supone para
la organización «un hito que marcará un antes y un después en las
relaciones entre las entidades financieras y sus clientes».
Las organizaciones de consumidores han denunciado en múltiples
ocasiones que muchos de los contratos de las entidades financieras
incluyen cláusulas desequilibradas que resultan perjudiciales para
el consumidor. Una vez firmado el contrato, la única vía que existe
para evitar la aplicación de esas cláusulas es acudir a juicio para
obtener una sentencia que declare dicha cláusula nula, y con ello,
el resarcimiento del perjuicio sufrido por su aplicación.
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