La Sala Penal del Tribunal Supremo hizo pública ayer la sentencia
que condena a un año de cárcel al ex portavoz de Batasuna Arnaldo
Otegi por injuriar al Rey al llamarle «jefe de los torturadores».
La resolución sostiene que esas palabras no están amparadas por la
libertad de expresión por ser «claramente ultrajantes e
insultantes» hacia el monarca.
La resolución del Supremo, que fue notificada a las 10.30 horas
de ayer al representante legal de Otegi, revoca la sentencia
dictada el pasado mes de marzo por el Tribunal Superior de Justicia
del País Vasco, que absolvió al ex portavoz de Batasuna por
entender que sus palabras, aunque «ofensivas y oprobiosas», estaban
amparadas por su derecho a la libertad de expresión. El alto
tribunal estima el recurso de la Fiscalía contra la absolución y,
basándose en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y en
sentencias de la misma Sala Penal del Supremo, destaca que la
libertad de expresión no es un derecho ilimitado y absoluto, y no
protege «las frases y expresiones indudablemente ultrajantes u
ofensivas», como entiende que fueron las que profirió Otegi.
La sentencia cuenta con el voto particular de uno de los cinco
magistrados que formaron la Sala, Perfecto Andrés Ibáñez, quien
considera que debió confirmarse la absolución porque las palabras
de Otegi fueron de naturaleza y alcance exclusivamente político, y
estaban amparadas por la libertad de expresión. Las califica como
«exabrupto» y «suerte de desahogo subcultural», pero que no fueron
una «ofensa ni mortificación» para el Rey, a quien por otra parte
no imputó actos concretos de tortura.
Sin embargo, la sentencia, de la que ha sido ponente el
magistrado Carlos Granados, destaca que las manifestaciones de
Otegi expresaron «un evidente menosprecio a S.M. el Rey y a la
institución que encarna en su persona, afectando al núcleo último
de su dignidad».
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