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SEVILLA-OTR/PRESS El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estimó ayer parcialmente el recurso interpuesto contra la polémica asignatura Educación para la Ciudadanía, lo que significa que anula expresiones referentes a la ideología de género y relaciones homosexuales contenidas en las Órdenes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

La sentencia considera que el principio de neutralidad ideológica «sí se rebasa» en los Reales Decretos que configuran Educación para la Ciudadanía y, por tanto, «revela a las claras que está más allá de transmitir los valores de libertad, igualdad y pluralismo recogidos en la Constitución, sobrepasando lo que sea una enseñanza teórica y práctica de los principios democráticos de convivencia».

De esta forma, el TSJA anula varias expresiones, que constituían el centro de la discordia en torno a Educación para la Ciudadanía. «Por una determinación normativa inequívoca de la ideología del género» elimina parte de la frase «la educación ha de atender al respeto de las diversas opciones vitales de las personas y los grupos sociales, desarrollando la sensibilidad y la actitud crítica hacia estereotipos homófobos». Con ello, el juez respalda el que los padres eduquen a sus hijos «en la concepción de la sexualidad que resulte conforme a sus convicciones».

Además, también se rechaza que la asignatura propugne «que el sexo no define al hombre y a la mujer como tales, sino que es fruto de determinada concepción cultural o de un accidente biológico; es decir, que a los seres humanos no los define como personas el sexo, sino la opción sexual elegida».

Después de que aproximadamente un mes reconociera el derecho a objetar para no recibir esa materia, el Alto Tribunal considera que la asignatura contiene aspectos que «sobrepasan» lo recogido en la Ley Orgánica de Educación por lo que el Estado no puede definirlos. No obstante, será el Supremo el que decida sobre la «cuestión de ilegalidad» de los Reales Decretos que afectan a la puesta en marcha de la asignatura.