Por su parte, fuentes de la entidad bancaria han asegurado que el padre anuló el seguro de vida ligado al préstamo hipotecario un año antes de morir y que la demanda «no se ha interpuesto a los menores, sino contra la herencia del fallecido por deducción sobre el bien hipotecado».
Las mismas fuentes han detallado que el juzgado ha procedido a comunicar a los herederos este hecho «a título informativo» y que no se está en proceso de lanzamiento de ninguna vivienda en la que residan menores y que no hay solicitada ni subasta.
Además, las fuentes de la entidad han hecho hincapié en que el banco está dispuesto a ayudar y tiene «absoluta voluntad negociadora», pero han incidido en que necesitan que las partes, las dos mujeres, se pongan de acuerdo en cuanto a la herencia, después de que se acrediten como las tutoras legales de los niños.
Padre fallecido en un accidente laboral
La reacción del banco llega después de que la PAH anunciara hoy en un comunicado que mañana miembros de la plataforma de Madrid y familiares de la parte demandada acudirán a la sucursal madrileña de este banco, donde tenía la cuenta el fallecido, para solicitar, junto a sus familiares, «la retirada de la demanda de ejecución contra los menores huérfanos».
Los miembros de la plataforma, según señala en una nota, pedirán la apertura de un proceso de negociación que impida el «desalojo forzoso» de la vivienda del niño más pequeño. En esa vivienda, residía el padre y su actual compañera y el hijo de ambos.
La PAH, además, reclama ese proceso de negociación para que los niños no sean condenados a una «deuda perpetua».
Según la plataforma, Agustín A. P., murió el 14 de marzo de 2012 a los 41 años de edad y tras su fallecimiento en un accidente laboral se realizó declaración de herederos, contando con que la hipoteca incluía un seguro de vida.
Pero, según la plataforma, cuando los familiares acudieron al banco donde Agustín tenía su cuenta corriente, hipoteca, dos seguros y un plan de pensiones, para tramitar el seguro de vida de la hipoteca, el director de la entidad les dijo que el seguro del préstamo «no estaba al corriente de pago».
Por lo tanto, les comunicaron, según la plataforma, que el banco no se hacía cargo del importe restante de la hipoteca.
Presiones por parte del banco, según la PAH
En el expediente administrativo de la dirección general de seguros, el BBVA afirma, además, según la PAH, que la hipoteca dejó de pagarse en una determinada fecha, pero que «la familia tiene pruebas de que la entidad falta a la verdad».
Desde que la viuda dejo de pagar la letra por falta de ingresos, según la PAH, «ha recibido reiteradas llamadas del director de la entidad, de otros representantes de su entidad y también de los servicios jurídicos del banco, reclamando el pago inmediato del importe total de la hipoteca» y ofreciendo la posibilidad de fraccionar el pago en tres plazos.
«A pesar del total conocimiento de la situación económica de la pareja del fallecido y de los menores, BBVA ha continuado presionando y acosando a través de notificaciones, llamadas telefónicas y demás, por medio de empresas de cobro», asegura la PAH.
24 comentarios
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MMM, no se si has leido en la noticia que el fallecido dejó de pagar el seguro, por eso no se canceló la deuda. O acaso si yo dejo de pagar mi seguro de coche me van a cubrir en caso de accidente? O me van a cubrir solo porque les doy pena?
El día que desaparezca un banquero, los demás empezarán a tener cuidado a robar a la gente.
Lo que yo no entiendo, es que en todo préstamo hipotecario se le hace un seguro de vida al presatario, y si éste fallece, el seguro cubre la deuda, y sus herederos se quedan con el inmueble pagado por el seguro. ¿Es que ahora se paga el seguro porque si?. para que luego el Gobierno rescate los negocios de esa gentuza banquera-mafiosa.
A los responsables del BBVA que lo haya ordenado les ejecutaria yo,no la hipoteca, aquello que todos pensamos.
Los del BBVA son unos sinvergüenzas. Y no lo digo sólo por este caso. A mi afortunadamente me quedan 8 meses de condena y después les van a dar viento fresco!
Josep Miquel, el beneficiario del seguro es la entidad bancaria porque así cancela la deuda, pero si dejas de pagarlo, te quedas sin seguro, no hace falta ninguna autorización. No es obligatorio pero si muy recomendable porque luego pasa esto...que dejas a tus hijos o con deuda o sin casa.
Entonces lo siento mucho pero la culpa es del Banco, en los préstamos de vida ligados a una hipoteca, la designación de beneficiario se hace a favor del Banco y no puede anularse el seguro de vida sin la autorización del Banco, además en todos los casos la aseguradora el una compañía propia o mayoritariamente participada por el propio Banco. El tema de la herencia, en lo que si tiene razón el Banco, no puede entrar jamás en juego dadas las circunstancias apuntadas. Aunque eso la PAH debería saberlo, por lo que no entiendo que salgan con esas, excepto claro para hacer propaganda de su labor que, generalmente es buena.
Esperpentico y lamentable, esperemos que entren en razón estos fariseos y ladrones del bbva
Pegar fuego a los bancos, seria poco
Si va morir d'un accident laboral, no hi ha d'haver una assegurança de l'empresa que cobreixi aquets casos?