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El Tribunal Supremo (TS) ha abierto causa contra el actual diputado, exconseller y exportavoz del Govern, Francesc Homs, por su implicación en la consulta del 9N por presuntos delitos desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos.

En conformidad con el criterio de Fiscalía, señala que la causa se ceñirá a la actuación de éste por su condición de aforado mientras el resto permanece en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

El instructor de este procedimiento será el magistrado Andrés Palomo y la resolución, del que se ha avanzado el fallo este jueves, se conocerá en los próximos días.

Basándose en su propia doctrina y en contra de lo que pretendía el instructor de la querella en Catalunya, los magistrados del Tribunal Supremo acuerdan acotar su investigación al aforado, por lo que la parte que afecta al expresidente de la Generalitat Artur Mas, la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega y la que era consellera de Enseñanza, Irene Rigau, seguirá instruyéndose en Catalunya.

La resolución de la Sala de admisiones va en la línea de lo señalado en su día por el fiscal del caso ante el TSJC y por el propio instructor en dicho órgano, que aprecian indicios de que Homs «tuvo un comportamiento consciente e intencionado de indudable trascendencia» para garantizar la celebración de la consulta sobre la independencia pese a suspenderla el Tribunal Constitucional (TC).

CARTA DE HOMS

Homs, miembro de la Diputación Permanente del Congreso, tuvo para la Fiscalía un papel de indudable relevancia en la preparación de la convocatoria.

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Esta acusación se basa en la existencia de una carta en la que exconseller de Presidencia responde a la empresa contratada para diseñar los programas informáticos para las votaciones y que había solicitado a la Generalitat la confirmación de que sus servicios no vulneraban la suspensión del TC.

En esta misiva, Homs no sólo legitima la continuación de los servicios sino que «contiene la implícita advertencia de las consecuencias de un eventual incumplimiento por la contratista» ya que pone a disposición del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalitat (CTTI) los servicios jurídicos del Govern para ejercer acciones contra dicha empresa.

En su respuesta a la empresa, Homs asegura que no se vulneraba la suspensión del Constitucional y que se habían hecho consultas a los Servicios Jurídicos de la Generalitat y a otros «expertos en derecho penal, procesal, administrativo y constitucional».

El Supremo recibió la exposición razonada del TSJC respecto de Homs el pasado 21 de marzo y designó ponente de la resolución a adoptar sobre la asunción del caso al presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, conforme al turno establecido.

No obstante, el alto tribunal acordó la devolución inmediata de las diligencias originales de la causa al TSJ catalán, ya que, hasta que se resuelva sobre el contenido de la exposición, el competente sobre la misma sigue siendo el del tribunal de Catalunya.

Igualmente recordaba al TSJC que, en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 231.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, toda la documentación que se envíe debe llegar traducida al castellano.

El juez que instruye la causa en el TSJC, Joan Manel Abril, había remitido toda la causa al Supremo al considerar inseparable la investigación a Homs de la que se sigue contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau.

El 7 de marzo, Homs declaró de forma voluntaria ante el TSJC, donde sostuvo que la causa por la consulta sobre la independencia del 9 de noviembre de 2014 era una causa política: «Cuanto más alta sea la pena que nos pidan, más grande será la victoria», dijo entonces.