De este modo el Supremo ha desestimado las demandas de nulidad que estas marcas se habían cruzado entre sí.
La denominación 'Toro' no incurre en ninguna prohibición absoluta del Reglamento de marcas comunitarias, al margen de que en España la tauromaquia o corridas de toros constituya una tradición, dice el Supremo en una sentencia divulgada este lunes.
La tradición de las corridas no supone, añade el alto tribunal, que «el toro, en cuanto animal, haya pasado a ser un icono de nuestro país» y, por tanto, que ello constituya un impedimento objetivo para su registro como marca: «Lo que constituye patrimonio cultural de España es la tauromaquia».
El origen del pleito arranca de una demanda planteada por el Grupo Osborne reclamando la nulidad de la marca denominativa Badtoro. Osborne acusó a Badtoro de violar las dos marcas denominativas 'Toro' que tiene registradas para diferentes productos. Esa demanda fue presentada ante el Tribunal General de la Unión Europea de Luxemburgo.
En respuesta a ella, Jordi Nogués S.L., propietario de Badtoro, pidió al Supremo, no a Luxemburgo, la nulidad total o parcial de las marcas Toro de Osborne, por ser un emblema nacional.
Osborne respondió solicitando al Supremo que no decidiera nada hasta que Luxemburgo hubiera resuelto su demanda anterior.
La sentencia resuelve negativamente las dos peticiones, la de Osborne y de Badtoro. Por un lado, rechaza la petición de Osborne de que se suspendiera temporalmente su dictamen, porque considera que en este pleito intervienen elementos diferentes que en el presentado ante Luxemburgo.
Por otro lado, a Badtoro el Supremo le responde que «el toro no constituye ningún símbolo o icono oficial de España, sin perjuicio de que alguna concreta representación gráfica del toro de lidia haya resultado muy conocida y sea empleada por algunas personas junto con la bandera de España».
«Este uso social, que no consta se haya generalizado, aunque no pasa inadvertido, sobre todo en algunos eventos deportivos en los que interviene una representación española, lo único que pone en evidencia es que una determinada representación gráfica del toro de lidia (no el animal, ni mucho menos su denominación) ha sido empleada -por algunos- con una finalidad de reivindicación de lo español», añade.
11 comentarios
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Yo pensaba que el símbolo español era una oveja jugando al futbol.
Vaya manera de peder el tiempo y dinero la justicia. En fin. Es sabido que el simbolo oficial de España es un corrupto.
Si no es español, porque tanta rabia por parte de los traidores a Mallorca ? por parte de los catalanistas
Ni la coca cola es símbolo de USA, pero fácilmente la asociamos y ¿dónde está el problema? ¡Vaya manera de perder el tiempo en chorradas!
Allà aon hi hagi un bon PORC NEGRE MALLORQUÍ que se llevin ases i toros!
propongo poner un dimoni(con publicidad de la pomada) por cada toro de Osborne y que lo pague el govern.
Si el toro no es un símbolo oficial tampoco lo será pues la bandera de España con el toro en medio. Entonces, ¿por qué no se multan y se sancionan a todas las personas que las llevan a los estadios o las tienen en sus balcones por ser ilegales? Y en cambio las esteladas catalanas son sancionadas!!! La ley para todos igual señores jueces y fiscales. No quieran que después la gente piense mal.
Diga lo que diga el T.S. por aquí hay algunos que sólo con ver un simple toro de perfil ya padecen urticaria..........
Cuando el turismo de masas termine en Mallorca (el sol provoca cáncer) veremos un montón de toros Osborne en las islas....el nacionalismo es solo económico.
A damunt papers jà sabem què no es oficial,però per casi tota la resta del món,cuant veuen las banyas i els collons del bou,ja l'hi enteferran el seguell D'Espanya...