Es lo que se denomina incidente de ejecución de sentencia, que puede solicitar el presidente del Gobierno sin necesidad de convocar al Consejo de Ministros, según han informado fuentes de Moncloa a Europa Press. El incidente se presentará cuando el Pleno del Parlament cambie el orden del día para incluir el debate y aprobación del proyecto.
El presidente solicitará al TC la prohibición de todos los actos del Parlament: desde la tramitación y la admisión a debate, hasta el cambio en el orden del día del Pleno que se celebra este miércoles. Se dirigirá contra cualquier acto que contravenga la sentencia de diciembre de 2015 en la que se prohibía todo paso que conduzca a la organización o celebración de un referéndum de independencia.
Una vez que la ley esté aprobada, si se aprueba, explican las mismas fuentes, el Gobierno acordará un recurso ante el Tribunal Constitucional, para lo que será necesario convocar un Consejo de Ministros: encargará informe al Consejo de Estado y autorizará al presidente para que recurra. La previsión del Gobierno a primera hora era que este consejo tuviera lugar este jueves.
Este mismo procedimiento, con reunión del Consejo de Ministros, es el que se tendrá que seguir si el Gobierno de la Generalitat llega a aprobar un decreto de convocatoria del referéndum. El Ejecutivo lo llevará igualmente ante el TC previo informe del órgano consultivo.
El Parlamento de Cataluña tramita este miércoles en sesión de Pleno la llamada ley del referéndum. El secretario general del Parlament, Xavier Muro, y el letrado mayor, Antoni Bayona, han advertido a la Mesa de que tramitar la ley del referéndum y la de transitoriedad jurídica supone desobedecer al Tribunal Constitucional (TC).
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