El empleado trabajó en la fábrica de Gavà (Barcelona) durante los años 1970 y 1989, periodo que la sentencia considera acreditado el uso de amianto en la empresa, ha informado el Col·lectiu Ronda, representante de la familia del trabajador, en un comunicado este lunes.
Desde el año 1995, el trabajador tenía reconocida la situación de incapacidad permanente absoluta derivada de una enfermedad profesional que le generaba insuficiencia respiratoria.
En el año 2017 se le detectó un mesotelioma pleural, patología que tiene como única causa reconocida la exposición al amianto, lo que provocó que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconociese la situación de gran invalidez por enfermedad profesional.
En base a este reconocimiento, y a los perjuicios ocasionados por el estado físico del afectado, como la necesidad permanente de ayuda de terceros para cualquier actividad cotidiana, se interpuso la demanda contra la empresa de sanitarios.
Un informe de la Inspección de Trabajo, que se ha aportado como prueba durante el juicio, concluye que las patologías y la muerte del trabajador tienen su origen en la inhalación de las fibras de amianto presente en diversos componentes de grifería, especialmente las juntas.
Este material fue utilizado por la compañía al menos hasta el año 2004, cuatro años después de la prohibición del amianto en territorio comunitario por la Unión Europea, y dos después del término de la moratoria para el uso de este material, que había concedido el gobierno de Jose María Aznar.
Además el informe determina que, desde que en el año 1984 fuera autorizada por el Ministerio de Economía, la empresa produjo hasta el 2001 zapatas de frenos para ferrocarriles, cuyo material era «casi exclusivamente» el amianto.
El informe expone que Roca Sanitarios negó la presencia de este material en sus instalaciones frente a la Inspección de Trabajo declarando que en la compañía «nunca había existido el riesgo de exposición del amianto».
De esta manera, la empresa rechazaba la necesidad de responder a los requerimientos de la Inspección de Trabajo que le pedía documentación que demostrase la creación de medidas de prevención y las revisiones médicas pertinentes.
El juzgado, ante esta insuficiente justificación por parte de la compañía, ha considerado probada la utilización de amianto y la responsabilidad de la empresa por la «ausencia total y absoluta» de medidas preventivas para los trabajadores frente al riesgo de exposición al amianto.
El abogado de la familia del trabajador, Àlex Tisminetzky, ha señalado que los trabajadores de Roca han sufrido durante años casos de cáncer de pulmón y otras patologías, que quedaban «escondidas» por la dificultad de demostrar la presencia de amianto en la empresa, que aun condenada niega la presencia del material.
Además, ha considerado que es importante que se realicen revisiones médicas a los trabajadores en activo, y jubilados o que ya no formen parte de la empresa, pero que pueden haber estado expuestos hasta al menos el año 2004.
Tisminetzky ha señalado que por la fábrica de Gavà han pasado miles de trabajadores y que la cifra de muertos puede ser «muy elevada», incluyendo las personas que han muerto por patologías causadas por el amianto sin llegar a saberlo, y por tanto sin que hayan obtenido las reparaciones económicas correspondientes.
Por esto, ha recordado a los familiares de trabajadores de la empresa que: «Las muertes que derivan de accidente laboral o enfermedad profesional no prescriben nunca», y ha afirmado que continúan teniendo derecho a que se les reconozca que fue el amianto de Roca el causante de la muerte de sus familiares.
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